Proyecto de Ley Nº 05163/2022-CR, Ley que promueve la producción y comercialización de productos lácteos artesanales

Número de Iniciativa05163/2022-CR
Fecha de registro24 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaBazán Narro, Sigrid Tesoro,Reymundo Mercado, Edgard Cornelio,Sánchez Palomino, Roberto Helbert,Cortez Aguirre, Isabel,Luque Ibarra, Ruth,Echeverría Rodríguez, Hamlet,Bermejo Rojas, Guillermo
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
S
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3
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-
eR
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
RULIGLICA
kle
72
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T'r'e
24
MAYO1P
023
R
I
IDO
Firma_
SIGRID
BAZAN
NARRO
"Decenio
de
la
igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombre?
"Mo
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROMUEVE
LA
PRODUCCIÓN
Y
COMERCIALIZACIÓN
DE
PRODUCTOS
LÁCTEOS
ARTESANALES
El
Grupo
Parlamentario
Cambio
Democrático
-Juntos
por
el
Perú,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República
que
suscribe,
Sigrid
Bazán
Narro,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
proponen
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
PROMUEVE
LA
PRODUCCIÓN
Y
COMERCIALIZACIÓN
DE
PRODUCTOS
LÁCTEOS
ARTESANALES
Artículo
1.
-Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
facilitar
el
cumplimiento
de
la
normativa
de
inocuidad
alimentaria
a
través
de
la
reducción
de
costos
y
adecuación
de
los
procedimientos
administrativos
de
certificación
sanitaria
seguidos
por
pequeños
productores
de
leche
y/o
productos
lácteos.
Articulo
2.-
Finalidad
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
promover
la
formalización
de
los
pequeños
productores
de
leche
y/o
productos
lácteos
para
el
acceso
al
mercado
en
igualdad
de
condiciones.
Artículo
3.-
Ámbito
de
aplicación
La
reducción
del
valor
del
derecho
de
tramitación,
estipulada
en
la
presente
ley,
es
de
aplicación
solo
para
la
micro
y
pequeña
empresa
(MYPE)
que
cuente
con
registro
único
de
contribuyente
(RUC)
activo
y
habido,
y
con
el
certificado
de
inscripción
o
de
reinscripción
vigente
en
el
Registro
de
la
Micro
y
Pequeña
Empresa
(Remype),
dedicada
a
la
producción
de
leche
y/o
productos
lácteos,
y
de
las
pequeñas
y
medianas
productoras
ganaderas
lecheras
debidamente
agrupadas
y
asociadas
en
cualquiera
de
las
modalidades
de
economías
solidarias
u
otras
formas
jurídicas
previstas
en
la
legislación
vigente.
Artículo
4.-
Reducción
de
las
tasas
de
los
procedimientos
administrativos
de
certificación
sanitaria
de
la
leche
y
productos
lácteos
Se
reduce
el
cincuenta
por
ciento
del
valor
del
derecho
de
tramitación
de
los
procedimientos
de
obtención
de
registro
sanitario
por
producto,
Certificado
de
Principios
Generales
de
Higiene
del
Codex
Alimentarius
y
el
Certificado
de
Validación
Técnica
del
Plan
HACCP
exigidos
por
la
Dirección
General
de
Salud
Ambiental
(DIGESA);
y
la
autorización
sanitaria
de
establecimiento
dedicado
al
procesamiento
primario
de
alimentos
agropecuarios
y
piensos

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