Proyecto de Ley Nº 05153/2022-CR, Ley que declara de interés nacional y necesidad publica la creación, construcción e implementación de la casa hogar de refugio para personas indigentes, adscrita al ministerio de salud y al ministerio de desarrollo e inclusión social a nivel nacional.

Número de Iniciativa05153/2022-CR
Fecha de registro24 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaQuiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Vásquez Vela, Lucinda,Tello Montes, Nivardo Edgar,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
tey
le
5i
5
3
/2022
C
R
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
2
4
MAYO
SEGUNDO
TEODOIIIIRO
QUIROZ
BARBOZA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
La
Paz
y
el
Desarrolla"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PUBLICA
LA
CREACIÓN,
CONSTRUCCIÓN
E
IMPLEMENTACIÓN
DE
LA
CASA
HOGAR
DE
REFUGIO
PARA
PERSONAS
INDIGENTES,
ADSCRITA
AL
MINISTERIO
DE
SALUD
Y
AL
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
E
INCLUSIÓN
SOCIAL
A
NIVEL
NACIONAL
El
congresista
que
suscribe,
SEGUNDO
TEODOMIRO
QUIROZ
BARBOZA
miembro
del
grupo
Parlamentario
Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional
al
amparo
de
los
artículos
102°
y
107°
de
la
concordante
con
los
artículos
75°
y
76°,
2
del
proponen
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PUBLICA
LA
CREACIÓN,
CONSTRUCCIÓN
E
IMPLEMENTACIÓN
DE
LA
CASA
HOGAR
DE
REFUGIO
PARA
PERSONAS
INDIGENTES,
ADSCRITA
AL
MINISTERIO
DE
SALUD
Y
AL
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
E
INCLUSIÓN
SOCIAL
A
NIVEL
NACIONAL
Artículo
1°.
-
Objeto
de
la
Ley
El
presente
proyecto
de
ley
tiene
por
objeto
impulsar
la
creación,
construcción
e
implementación
de
distintos
proyectos
denominados
"Casa
Hogar
de
Refugio
para
Personas
Indigentes",
adscritas
al
Ministerio
de
Salud
y
al
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social
a
Nivel
Nacional,
a
través
del
cual
se
busca
que
las
personas
en
situación
de
calle
cuenten
con
un
hogar,
el
mismo
que
es
entendido
como
un
espacio
propio,
seguro
y
adecuado
para
vivir,
generando
de
esta
manera
en
sus
habitantes
un
sentido
de
identidad
y
pertenencia.
Artículo
2°.
-
Declaratoria
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
Declárese
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
creación,
construcción
e
implementación
de
distintos
proyectos
"Casa
Hogar
de
Refugio
para
Personas
Indigentes",
que
estarán
adscritas
al
Ministerio
de
Salud
y
al
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social
a
Nivel
Nacional.
www.congreso.gob.pe
Central
Telefónica:
311-7777

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