Proyecto de Ley Nº 05086/2022-CR, Ley que incorpora al sistema nacional de pensiones y al seguro social de salud - essalud a los motaxistas

Número de Iniciativa05086/2022-CR
Fecha de registro18 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaQuispe Mamani, Wilson Rusbel,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Cruz Mamani, Flavio,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Gonza Castillo, Américo,Flores Ramírez, Alex Randu
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
ley
9
/2O
14°1
22
-C
R
*,emn
CONGRESO
REPÚBLICA
I
ONZ.>
0
113
DE
1.A.
18
1.1AY
2023
c
I
D
O
Hora
Kvs
011SPF
\1AN1ANJ
WILSON
RLBEl
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
INCORPORA
AL
SISTEMA
NACIONAL
DE
PENSIONES
Y
AL
SEGURO
SOCIAL
DE
SALUD
-
ESSALUD
A
LOS
MOTAXISTAS
Los
Congr
sistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
congresista
Wilson
Rusbel
Quispe
Mamani,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
22°,
inciso
c),
67°,
75°
y
76°
del
proponen
el
siguiente
proyecto
de
ley.
I.
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
INCORPORA
AL
SISTEMA
NACIONAL
DE
PENSIONES
Y
AL
SEGURO
SOCIAL
DE
SALUD
-
ESSALUD
A
LOS
MOTAXISTAS
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
incorporar
al
sistema
nacional
de
pensiones
y
al
seguro
social
de
salud
-
Essalud
a
los
trabajadores
independientes
que
ofrecen
el
servicio
de
mototaxi.
Artículo
2.
Ámbito
de
aplicación
La
ley
se
aplica
a
todos
los
trabajadores
independientes
del
servicio
de
mototaxi
conforme
a
la
Ley
27189,
Ley
de
Transporte
Público
Especial
de
Pasajeros
en
Vehículos
Menores
y
normas
complementarias
que
regulen
el
mencionado
servicio,
para
que
puedan
tener
libre
acceso
a
prestaciones
de
salud
y
a
pensiones,
a
través
de
entidades
públicas,
privadas
y
mixtas.
Artículo
3.
Seguro
de
salud
Los
trabajadores
independientes
del
servicio
de
mototaxi
accederán
al
seguro
social
de
salud,
autofinanciado
por
su
fondo
individual
descontando
de
un
porcentaje
del
Impuesto
Selectivo
al
Consumo
establecido
en
el
T.U.O.
de
la
Ley
del
Impuesto
General
a
las
Ventas
e
Impuesto
Selectivo
al
Consumo.
Artículo
4.
Seguro
Social
de
Pensiones
Los
trabajadores
independientes
del
servicio
de
mototaxi
accederán
a
un
fondo
previsional
de
acuerdo
al
sistema
nacional
de
pensiones,
autofinanciado
por
su
fondo
individual
descontando
de
un
porcentaje
del
Impuesto
Selectivo
al
Consumo
establecido
en
el
T.U.O.
de
la
Ley
del
Impuesto
General
a
las
Ventas
e
Impuesto
Selectivo
al
Consumo.
www.congreso.gob.pe
Central
Telefónica:
311-7777

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