Proyecto de Ley Nº 04998/2022-CR, Ley que regula la entrega de glucómetro a los pacientes diagnosticados con diabetes y establece otras disposiciones complementarias

Número de Iniciativa04998/2022-CR
Fecha de registro16 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaCalle Lobatón, Digna,Picón Quedo, Luis Raúl,Alcarraz Agüero, Yorel Kira,Luna Gálvez, José León,Juárez Calle, Heidy Lisbeth,Zeballos Madariaga, Carlos Javier
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
1199
-
rtkü
*
CON9RESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPUBLIC
A
An
T
,
amor
1
MAYO
2023
REC DO
will~rdilkr
Non
Congresista
Digna
Calle
Lobatón
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Proyecto
de
Ley
PROYECTO
DE
LEY
QUE
REGULA
LA
ENTREGA
GRATUITA
DE
GLUCÓMETRO
A
LOS
PACIENTES
DIAGNOSTICADOS
CON
DIABETES
Y
ESTABLECE
OTRAS
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben,
a
iniciativa
de
la
congresista
DIGNA
CALLE
LOBATÓN,
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
PODEMOS
PERÚ
(PP),
en
uso
de
las
facultades
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
en
concordancia
con
lo
establecido
en
los
artículos
22°
literal
c),
67°,
75°
y
76°
numeral
2,
del
presentan
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
REGULA
LA
ENTREGA
DE
GLUCÓMETRO
A
LOS
PACIENTES
DIAGNOSTICADOS
CON
DIABETES
Y
ESTABLECE
OTRAS
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
regular
la
entrega
gratuita
de
glucómetros
a
los
pacientes
diagnosticado
con
diabetes
por
parte
de
las
entidades
públicas
y
privadas,
ello
como
parte
integrante
del
tratamiento
oportuno
contra
dicha
enfermedad,
así
como
el
establecimiento
de
disposiciones
complementarias
que
permitirán
fortalecer
la
protección
de
las
personas
que
sufren
dicha
enfermedad.
Artículo
2.-
Modificación
del
artículo
4
de
la
Ley
General
de
Protección
a
las
Personas
con
Diabetes
Modifíquese
el
artículo
4
de
la
Ley
General
de
Protección
a
las
Personas
con
Diabetes,
el
cual
queda
redactado
en
los
términos
siguientes:
"Artículo
4.-
Del
financiamiento
El
Programa
Nacional
de
Prevención
y
Atención
de
Pacientes
con
Diabetes
se
financiará
con
recursos
provenientes
del
presupuesto
asignado
al
Sector
Salud
y/o
de
los
convenios
suscritos
por
el
Ministerio
de
Salud
para
el
desarrollo
de
programas
de
salud.
El
Ministerio
de
Salud
garantiza
la
entrega
de
glucómetros
y
bandas
reactivas,
de
ser
el
caso,
a
los
pacientes
con
diabetes
que
no
pueden
ser
provistos
de
los
mismos
por
parte
de
los
IAFAS."
Artículo
3.-
Incorporación
del
artículo
4-A
de
la
Ley
General
de
Protección
a
las
Personas
con
Diabetes
Incorpórese
el
artículo
4-A
de
la
Ley
General
de
Protección
a
las
Personas
con
Diabetes,
el
cual
queda
redactado
en
los
términos
siguientes:
1

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