Proyecto de Ley Nº 04886/2022-CR, Ley que modifica el articulo 19 del texto único ordenado de la ley general de cooperativas, aprobado mediante decreto supremo n° 074-90-tr, para fortalecer los derechos de los socios o asociados
Número de Iniciativa | 04886/2022-CR |
Fecha de registro | 04 Mayo 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Pariona Sinche, Alfredo,Taipe Coronado, María Elizabeth,Cruz Mamani, Flavio,Quispe Mamani, Wilson Rusbel,Mita Alanoca, Isaac,Rivas Chacara, Janet Milagros,Cerrón Rojas, Waldemar José |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proyecto
de
ley
N°
2
.1
$16/202
2
-
C
; ;
CONC
I
RESO
ili:11:11.111CA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Atea
le
Tytte
Y
Digital
cm
le
Documentos
If
MAY
2023
RE
C
iI
IDO
Firma'
14
0
191).,"
JAIME
QUITO
SARMIENTO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTICULO
19
DEL
APROBADO
MEDIANTE
DECRETO
SUPREMO
N°
074-90-TR,
PARA
FORTALECER
LOS
DERECHOS
DE
LOS
SOCIOS
O
ASOCIADOS.
El
Congresista
de
la
República
BERNARDO
JAIME
QUITO
SARMIENTO,
miembro
del
Grupo
Parlamentario
PERÚ
LIBRE,
en
ejercicio
de
las
facultades
conferidas
por
el
artículo
107°
de
la
Politice
del
Perú
y,
conforme
a
los
artículos
67°,
74
0
,
75
0
y
76
0
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
propone
el
siguiente
proyecto
de
Ley:
I.
FÓRMULA
LEGAL
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTICULO
19
DEL
APROBADO
MEDIANTE
DECRETO
SUPREMO
N°
074-90-TR,
PARA
FORTALECER
LOS
DERECHOS
DE
LOS
SOCIOS
O
ASOCIADOS
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
el
articulo
19
del
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N°
074-90-TR,
estableciendo
derechos
básicos
de
los
socios
o
asociados
relacionados
con
la
participación,
información
y
transparencia.
Artículo
2.
Modificación
del
artículo
19
del
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N°
074-90-TR
Se
modifica
el
artículo
19
del
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
N°
074-90-TR,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
19.
Los
derechos
y
obligaciones
de
los
socios
o
asociados
serán
establecidos
por
el
estatuto,
según
la
naturaleza
y
fines
específicos
de
la
respectiva
organización
cooperativa.
Se
debe
garantizar,
como
mínimo,
los
derechos
de
los
socios
o
asociados
sin
discriminación:
a)
Al
voto
igualitario
b)
A
elegir
y
ser
elegido
en
los
órganos
de
la
cooperativa.
c)
Al
ejercicio
de
la
libre
adhesión
y
el
retiro
voluntario
de
la
cooperativa.
d)
A
la
información
clara,
veraz,
completa
y
oportuna
para
el
ejercicio
de
sus
derechos,
el
cumplimiento
de
sus
obligaciones
y
el
conocimiento
de
las
actividades
de
la
cooperativa.
e)
A
la
rendición
de
cuentas
de
la
gestión
económica
y
financiera
de
la
cooperativa.
A
acceder
a
la
capacitación
necesaria
para
participar
en
la
gestión
de
la
cooperativa.
A
acceder
a
los
beneficios
económicos
y
sociales
de
la
cooperativa.
A
la
impugnación
de
acuerdos"
g)
h)
1
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