Proyecto de Ley Nº 04886/2022-CR, Ley que modifica el articulo 19 del texto único ordenado de la ley general de cooperativas, aprobado mediante decreto supremo n° 074-90-tr, para fortalecer los derechos de los socios o asociados

Número de Iniciativa04886/2022-CR
Fecha de registro04 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaQuito Sarmiento, Bernardo Jaime,Pariona Sinche, Alfredo,Taipe Coronado, María Elizabeth,Cruz Mamani, Flavio,Quispe Mamani, Wilson Rusbel,Mita Alanoca, Isaac,Rivas Chacara, Janet Milagros,Cerrón Rojas, Waldemar José
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
ley
2
.1
$16/202
2
-
C
; ;
CONC
I
RESO
ili:11:11.111CA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Atea
le
Tytte
Y
Digital
cm
le
Documentos
If
MAY
2023
RE
C
iI
IDO
Firma'
14
0
191).,"
JAIME
QUITO
SARMIENTO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTICULO
19
DEL
APROBADO
MEDIANTE
DECRETO
SUPREMO
074-90-TR,
PARA
FORTALECER
LOS
DERECHOS
DE
LOS
SOCIOS
O
ASOCIADOS.
El
Congresista
de
la
República
BERNARDO
JAIME
QUITO
SARMIENTO,
miembro
del
Grupo
Parlamentario
PERÚ
LIBRE,
en
ejercicio
de
las
facultades
conferidas
por
el
artículo
107°
de
la
Politice
del
Perú
y,
conforme
a
los
artículos
67°,
74
0
,
75
0
y
76
0
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
propone
el
siguiente
proyecto
de
Ley:
I.
FÓRMULA
LEGAL
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTICULO
19
DEL
APROBADO
MEDIANTE
DECRETO
SUPREMO
074-90-TR,
PARA
FORTALECER
LOS
DERECHOS
DE
LOS
SOCIOS
O
ASOCIADOS
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
el
articulo
19
del
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
074-90-TR,
estableciendo
derechos
básicos
de
los
socios
o
asociados
relacionados
con
la
participación,
información
y
transparencia.
Artículo
2.
Modificación
del
artículo
19
del
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
074-90-TR
Se
modifica
el
artículo
19
del
aprobado
mediante
Decreto
Supremo
074-90-TR,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
19.
Los
derechos
y
obligaciones
de
los
socios
o
asociados
serán
establecidos
por
el
estatuto,
según
la
naturaleza
y
fines
específicos
de
la
respectiva
organización
cooperativa.
Se
debe
garantizar,
como
mínimo,
los
derechos
de
los
socios
o
asociados
sin
discriminación:
a)
Al
voto
igualitario
b)
A
elegir
y
ser
elegido
en
los
órganos
de
la
cooperativa.
c)
Al
ejercicio
de
la
libre
adhesión
y
el
retiro
voluntario
de
la
cooperativa.
d)
A
la
información
clara,
veraz,
completa
y
oportuna
para
el
ejercicio
de
sus
derechos,
el
cumplimiento
de
sus
obligaciones
y
el
conocimiento
de
las
actividades
de
la
cooperativa.
e)
A
la
rendición
de
cuentas
de
la
gestión
económica
y
financiera
de
la
cooperativa.
A
acceder
a
la
capacitación
necesaria
para
participar
en
la
gestión
de
la
cooperativa.
A
acceder
a
los
beneficios
económicos
y
sociales
de
la
cooperativa.
A
la
impugnación
de
acuerdos"
g)
h)
1

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