Proyecto de Ley Nº 04843/2022-CR, Ley que regula la cantidad máxima de estudiantes en un salón de clases y garantiza la calidad de enseñanza en la educación básica regular.
Número de Iniciativa | 04843/2022-CR |
Fecha de registro | 02 Mayo 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Tello Montes, Nivardo Edgar,Vásquez Vela, Lucinda,Paredes Castro, Francis Jhasmina |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
Proyecto
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REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
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Los
Congresikas
de
la
República
que
suscriben
a
iniciativa
del
congresista
Paul
Silvio
Gutiérrez
Ticona,
miembro
del
grupo
parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
en
estricto
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
del
Estado
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
literal
e)
del
artículo
22°
y
los
artículos
75°
y
76'
del
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
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3
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"1"11191:
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
SUMI
A:
LEY
QUE
REGULA
LA
CANTIDAD
MÁXIMA
DE
ESTUDIANTES
EN
UN
SALÓN
DE
CLASES
Y
GARANTIZA
LA
CALIDAD
DE
ENSEÑANZA
EN
LA
EDUCACIÓN
BÁSICA
REGULAR.
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
REGULA
LA
CANTIDAD
MÁXIMA
DE
ESTUDIANTES
EN
UN
SALÓN
DE
CLASES
Y
GARANTIZA
LA
CALIDAD
DE
ENSEÑANZA
EN
LA
EDUCACIÓN
BÁSICA
REGULAR
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
regular
la
cantidad
de
estudiantes
en
una
aula
academica
a
fi
n
de
garantizar
calidad
de
enseñanza
y
aprendizaje,
y
el
logro
de
aprendizaje
que
cierre
brechas
en
los
estudiantes
de
la
educacion
basica
regular.
Artículo
2.-
Modificatoria
del
artículo
13°
de
la
Se
modifica
el
artículo
13'
de
la
el
cual
queda
redactado
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
13.-
Calidad de
la
educación
Es
el
nivel
óptimo
de
formación
que
deben
alcanzar
las
personas
para
enfrentar
los
retos
del
desarrollo
humano,
a
fin
de
ejercer
su
ciudadanía
con
una
educación
en
valores,
educación
económica,
que
involucre
el
verdadero
estudio
de
la
historia
peruana
y
con
libertad
de
pensamiento
a
fin
de
continuar
aprendiendo
durante
toda
la
vida.
Los
factores
que
interactúan
para
el
logro
de
dicha
calidad
son:
a)
Lineamientos
generales
del
proceso
educativo
en
concordancia
con
los
principios
y
fines
de
la
educación
peruana
establecidos
en
la
presente
ley.
b)
Currículos
académicos
de
acuerdo
a
su
realidad
y
entorno,
comunes
a
todo
el
país,
articulados
entre
los
diferentes
niveles
y
modalidades
educativas
que
deben
formularse
acorde
con
los
principios
previstos
en
la
presente
norma,
así
como
con
los
de
legalidad
y
participación
de
los
padres
de
familia
y
la
comunidad
educativa,
Asimismo,
deben
ser
diversificados
en
las
instancias
regionales
y
locales
yen
las
instituciones
educativas,
para
atender
a
las
particularidades
de
cada
ámbito
y
en
función
de
las
necesidades
educativas
de
sus
estudiantes".
Edit.
Juan
Santos
Atahualpa
-
Av.
Abancay
Esq.
Jr.
Ancash
Ofic.
501
—
Lima
-
Perú
Tlfs:
(51)
311
7777—
Anexo
7284
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