Proyecto de Ley Nº 04822/2022-CR, Ley que regulariza los derechos laborales del personal policial, modificando el decreto legislativo 1149, ley de la carrera y situación del personal de la policía nacional del perú.

Número de Iniciativa04822/2022-CR
Fecha de registro27 Abril 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMonteza Facho, Silvia María,Arriola Tueros, José Alberto,Martínez Talavera, Pedro Edwin,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Aragón Carreño, Luis Ángel,López Ureña, Ilich Fredy,Portero López, Hilda Marleny
ProponenteCongreso
EstatusEN AGENDA DEL PLENO
Proyecto
de
Ley
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SILVIA
MARÍA
MONTEZA
FACHO
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
REGULARIZAR
LOS
DERECHOS
LABORALES
DEL
PERSONAL
POLICIAL,
MODIFICANDO
EL
Los
congresistas
del
grupo
parlamentario
ACCIÓN
POPULAR
que
suscriben,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República
SILVIA
MARÍA
MONTEZA
FACHO,
ejerciendo
el
derecho
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
concordante
con
los
artículos
22°
-
C,
67°,
75°
y
76°
del
presentan
la
siguiente
fórmula
legal.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
REGULARIZA
LOS
DERECHOS
LABORALES
DEL
PERSONAL
POLICIAL,
MODIFICANDO
EL
Artículo
1.
Objeto
La
presente
ley
tiene
por
objeto
regularizar
los
aportes
de
los
suboficiales
que
se
acogieron
a
la
Ley
que
incorpora
una
disposición
complementaria
transitoria
al
Artículo
2.
Alcance
Se
acogen
a
lo
establecido
en
la
presente
ley,
el
personal
policial
comprendido
en
la
Ley
que
incorpora
una
disposición
complementaria
transitoria
al
Artículo
3.
Derechos
previsionales
Los
suboficiales,
contemplados
en
el
artículo
2
de
la
presente
ley,
gozarán
además
de
los
establecidos
en
dicha
ley,
de
los
siguientes
beneficios:
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coNG.RFS0
REPÚBLICA
SILVIA
MARIA
MONTEZA
FACHO
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
3.1.
Los
fondos
de
los
suboficiales
que
estaban
afiliados
al
Sistema
Privado
de
Pensiones
(SPP),
pasan
de
forma
automática
a
la
Caja
de
Pensión
Militar
Policial
en
un
plazo
no
mayor
a
noventa
(90)
días
calendario.
3.2.
Se
otorga
un
bono
de
reconocimiento
a
los
sub
oficiales
que
estaban
afiliados
a
la
Oficina
de
Normalización
Previsional
(ONP),
de
acuerdo
al
tiempo
que
aportaron
a
ésta.
El
bono
de
reconocimiento
se
transfiere
únicamente
a
la
Caja
de
Pensión
Militar
Policial,
a
nombre
del
suboficial
en
un
plazo
no
mayor
a
noventa
(90)
días
calendario.
3.3.
Los
suboficiales
que
completaron
los
aportes
requeridos
por
la
Oficina
de
Normalización
Previsional
(ONP),
pueden
optar
por
quedarse
en
este
sistema
para
gozar
de
su
pensión.
3.4.
Se
reconoce
a
los
suboficiales
los
años
de
tiempo
de
servicios
prestados
a
la
institución
policial.
Artículo
4.
Compensación
por
Tiempo
de
Servicios
(CTS)
El
Ministerio
del
Interior,
publica
el
padrón
de
los
suboficiales
que,
antes
de
acogerse
a
la
Ley
que
incorpora
una
disposición
complementaria
transitoria
al
recibieron
depósitos
del
Ministerio
del
Interior,
a
una
cuenta
de
Compensación
por
Tiempo
de
Servicios
(CTS).
Este
padrón
se
publica
en
un
plazo
no
mayor
a
treinta
(30)
días
calendario
posteriores
a
la
publicación
de
la
presente
ley.
El
Ministerio
del
Interior
otorga
a
los
suboficiales
que
se
encuentran
en
el
padrón
indicado
en
el
primer
párrafo,
la
carta
que
les
da
el
derecho
a
retirar
el
saldo
de
su
cuenta
de
Compensación
por
Tiempo
de
Servicios
(CTS),
en
un
plazo
no
mayor
a
treinta
(30)
días
calendario,
desde
la
publicación
del
padrón.
En
caso
de
fallecimiento,
se
cede
este
derecho
a
los
herederos.
2

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