Proyecto de Ley Nº 04779/2022-CR, Ley que establece como obligatoria la aplicación de la evaluación psicológica, con periodicidad anual, a docentes y especialistas de educación.

Número de Iniciativa04779/2022-CR
Fecha de registro21 Abril 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaUgarte Mamani, Jhakeline Katy
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
H
79/
20
2
2
C
R
7.4
CCI
o
PUM
CONGRESO
REPÚBLICA
JHAKELINE
KATY
UGARTE
MAMAN.]
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
La
señora
congresista
de
la
República
JHAKELINE
KATY
UGARTE
MAMANI,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75°
y
76°
del
propone
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
ESTABLECE
COMO
OBLIGATORIA
LA
APLICACIÓN
DE
LA
EVALUACIÓN
PSICOLÓGICA,
CON
PERIODICIDAD
ANUAL,
A
DOCENTES
Y
ESPECIALISTAS
DE
EDUCACIÓN
Artículo
1
-
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
establecer
como
obligatoria
la
aplicación
de
la
evaluación
psicológica,
de
manera
anual,
a
docentes
y
especialistas
de
educación,
según
la
Artículo
2.-
Finalidad
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
fortalecer
el
desempeño
profesional
de
los
docentes
y
especialistas
de
educación
en
competencias
referidas
a
la inteligencia
emocional
que
le
permita
mejorar
su
práctica
pedagógica
en
beneficio
de
los
logros
de
aprendizaje
de
los
estudiantes
de
la
educación
básica
regular.
Artículo
3.-
Obligatoriedad
de
la
evaluación
psicológica
a
docentes
y
especialistas
de
la
Educación
Básica
Regular
La
evaluación
psicológica
es
obligatoria,
con
periodicidad
anual,
a
docentes
y
especialistas
de
la
Educación
Básica
Regular,
según
la
la
cual
se
desarrolla
como
parte
de
un
proceso
continuo
y
periódico
en
periodos
vacacionales.
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
FINAL
Única.
-
Reglamentación
El
Poder
Ejecutivo
emite
las
disposiciones
reglamentarias
según
lo
dispuesto
en
la
presente
Ley
en
un
plazo
de
cuarenta
y
cinco
(45)
días
hábiles
contados
a
partir
de
su
entrada
en
vigencia.
Firmado
digitalmente
por:
UGAF1TE
MAMAN!
Jhakeline
Katy
FAU
21318174G/12d
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
21/04/2023
17:48:00-0500

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