Proyecto de Ley Nº 04754/2022-CR, Ley de reforma constitucional que modifica los artículos 115 y 134 de la constitucion politica del peru

Número de Iniciativa04754/2022-CR
Fecha de registro18 Abril 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAragón Carreño, Luis Ángel,Flores Ancachi, Jorge Luis,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Mori Celis, Juan Carlos,Paredes Fonseca, Karol Ivett,Arriola Tueros, José Alberto
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
(TON
CARREÑO
lUIS
ANGEL
POPULAR
que
suscriben;
a
iniciativa
del
señor
Congresista
L
CARREÑO,
ejercen
su
derecho
de
iniciativa
legislativa
conf
102°
inciso
1)
y
107°
de
la
del
Per
artículos
y
del
76°
numeral
2
del
Reglamento
del
Congr
presentan
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
rrau
CON
9,RESO
REPÚ
BLICA
Firmado
digitalmente
por:
FLORES
ANC
FALI
201517491
Wrstivo:
Soy
el
a
documento
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
Fecha:
18/04/2023
15:21:35-0500
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
"Año
del
Bicentenario
del
Congreso
de
la
República
del
Perú"
LEY
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
QUE
Proyecto
de
Ley
N
0
.
LL.f//,2
0
MODIFICA
LOS
ARTÍCULOS
115
Y
134
DE
LA
Los
Congresistas
de
la
Republica
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
ACCIÓN
AN
EL
ARAGÓN
los
art
forme
1
CONGRE
SO
DE
LA
RE
PUBI
IC
A
Área
et
Tramle
Y
61111123O3r
le
Dn.remps
ovey
GAS
j
digitalmente
por:
ec
atartaISFAU
20161749126
soft
Wtivo:
En
serial
de
árliPlnidad
Fecha:
18/0442023
11:37:23-0500
1$
ABR.
2023
R
C
1,:
1k
1
DO
11•N/
LEY
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
QUE
MODIFICA
LOS
ARTÍCULOS
115
Y
134
DE
LA
Artículo
Único.
-
Modificación
de
los
artículos
115
y
134
de
la
Modifíquese
los
artículos
115
y
134
de
la
los
cuales
quedarán
redactados
en
los
siguientes
términos:
Artículo
115.
Por
impedimento
temporal
o
permanente
del
Presidente
de
la
República,
asume
sus
funciones
el
Primer
Vicepresidente.
En
defecto
de
éste,
el
Segundo
Vicepresidente.
Por
impedimento
de
ambos,
el
Presidente
del
Congreso.
Si
el
impedimento
es
permanente,
el
Presidente
del
Congreso
convoca
de
inmediato
a
elecciones
generales.
Dichas
elecciones
se
realizan
dentro
de
los
plazos
previstos
en
la
ley
electoral.
Cuando
el
Presidente
de
la
República
sale
del
territorio
nacional,
el
Primer
Vicepresidente
se
encarga
del
despacho.
En
su
defecto,
lo
hace
el
Segundo
Vicepresidente.
Artículo
134.
El
Presidente
de
la
República
está
facultado
para
disolver
el
Congreso
si
éste
ha
censurado
o
negado
su
confianza
m
Fl
o
rrnA
rttr
u
nente
a
pu..
r
h4
decreto
de
disolución
contiene
la
convoc
elecc
"U
i
eléttl
y it
f
.
t
Dichas
elecciones
se
realizan
dentro
de
I.
s
re
x.
conEIFL
se
rey
e
electoral.
No
puede
disolverse
el
Congreso
en
Feciffiffliftelf
6.19.73ntlfro
el
Congreso,
se
mantiene
en
fun
Permanente,
la
cual
no
puede
ser
disuelta.
No
hay
otras
formas
de
revocatoria
del
mandato
parlamentario.
Bajo
estado
de
sitio,
el
Congreso
no
puede
ser
disuelto.
Firmado
digitalmente
por:
ARRIOLATUEROS
Jose
Alberto
FIR
25542801
hard
wa.fiegityligidor
del
documeao
Fecha:
17/0412023
12:37:31-0500
Firmado
digitalmente
por:
ARAGON
CARREÑO
Uds
Angel
FAU
20181748126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
17/04/2023
10:32:38-0500
s
de
Firmado
digitalmente
por:
One5ES
FONSECA
Karol
skU
20161749128
soft
ivo:
En
serial
de
6fifiSithidad
f§vh:
1
17/0412023
16:13:34-0500
Firmado
digitalmente
por:
ARRIOLA
TUEROS
Jose
Aberto
FIR
25542601
hard
rh~:SSII 4771
1
documento
Fecha:
17/0412023
12:37:45-0500

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR