Proyecto de Ley Nº 04736/2022-CR, Ley que incorpora a los profesionales químicos farmacéuticos y enfermeros a los alcances del di. N° 1153, respecto al residentado

Número de Iniciativa04736/2022-CR
Fecha de registro17 Abril 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaGonza Castillo, Américo,Cerrón Rojas, Waldemar José,Palacios Huamán, Margot,Mita Alanoca, Isaac,Cruz Mamani, Flavio,Rivas Chacara, Janet Milagros
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
ley
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PROYECTO
DE
LEY
QUE
INCORPORA
A
LOS
PROFESIONALES
QUÍMICOS
FARMACÉUTICOS
Y
ENFERMEROS
A
LOS
ALCANCES
DEL
D.L.
1153,
RESPECTO
AL
RESIDENTADO
A
iniciativa
del
Congresista
de
la
República
AMÉRICO
GONZA
CASTILLO,
Miembro
del
Grupo
Parlamentario
Perú
Libre,
y
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú;
y
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
los
artículos
67°,
74°,
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República
del
Perú,
presenta
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
LEY
QUE
INCORPORA
A
LOS
PROFESIONALES
QUÍMICOS
FARMACÉUTICOS
Y
ENFERMEROS
A
LOS
ALCANCES
DEL
Di.
1153,
RESPECTO
AL
RESI
DENTADO
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
El
objeto
de
la
presente
ley
es
incorporar
a
los
profesionales
químicos
farmacéuticos
y
enfermeros
a
los
alcances
del
Decreto
Legislativo
1153,
respecto
al
residentado.
Artículo
2.
Modificación
la
Tercera
Disposición
Complementaria
Final
del
Decreto
Legislativo
1153,
que
regula
la
política
integral
de
compensaciones
y
entregas
económicas
del
personal
de
la
salud
al
servicio
del
Estado.
Modifiquese
la
Tercera
Disposición
Complementaria
Final
del
Decreto
Legislativo,
que
regula
la
política
integral
de
compensaciones
y
entregas
económicas
del
personal
de
la
salud
al
servicio
del
Estado,
en
los
siguientes
términos:
"TERCERA.
-
Profesionales
de
Salud
dentro
del
Ámbito
SERUMS
y
RESIDENTES
Se
encuentran
comprendidos
dentro
de
los
alcances
de
la
presente
norma,
en
cuanto
les
corresponda,
los
profesionales
de
salud
comprendidos
dentro
de
la
Ley
23330,
Ley
del
Servicio
Rural
Urbano
Marginal
de
Salud
(SERUMS),
asi
como
los
que
se
encuentren
desarrollando
la
segunda
especialidad
en
medicina
humana,
odontología,
químico
farmacéuticos
y
enfermeros;
dentro
del
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico,
Residentado
Odontológico,
Residentado
Químico
Farmacéutico
y
Residentado
en
Enfermería,
respectivamente.".

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