Proyecto de Ley Nº 04465/2022-CR, Ley que establece la libertad de los progenitores de decidir la prelacion de los apellidos de sus hijos y regula el proceso y la competencia judicial ante la existencia de desacuerdo entre ellos.
Número de Iniciativa | 04465/2022-CR |
Fecha de registro | 13 Marzo 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Juárez Gallegos, Carmen Patricia,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio,Flores Ruiz, Víctor Seferino,Guerra García Campos, Hernando,Revilla Villanueva, César Manuel,Olivos Martínez, Vivian,Morante Figari, Jorge Alberto |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
Proyecto
de
Ley
N°
L
i
¿
I
6
5/2_022
-
CR
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Atea
le
Tievte
Dlartalcza..r
eDccumertm
13
MAR/023
"
IDO
Firma_
Hor3,/¿1_151e
CONGRESISTA
CARMEN
PATRICIA
JUÁREZ
GALLEGOS
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
LA
LIBERTAD
DE
LOS
PROGENITORES
DE
DECIDIR
LA
PRELACION
DE
LOS
APELLIDOS
DE
SUS
HIJOS,
Y
REGULA
EL
PROCESO
Y
LA
COMPETENCIA
JUDICIAL
ANTE
LA
EXISTENCIA
DE
DESACUERDO
ENTRE
ELLOS
Los
congresistas
de
la
República,
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
"FUERZA
POPULAR",
a
iniciativa
de
la
congresista
CARMEN
PATRICIA
JUAREZ
GALLEGOS,
en
ejercicio
de
las
facultades
que
les
confiere
el
artículo
107
0
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
22
inciso
c)
74
0
,
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
ESTABLECE
LA
LIBERTAD
DE
LOS
PROGENITORES
DE
DECIDIR
LA
PRELACION
DE
LOS
APELLIDOS
DE
SUS
HIJOS
Y
REGULA
EL
PROCESO
Y
LA
COMPETENCIA
JUDICIAL
ANTE
LA
EXISTENCIA
DE
DESACUERDO
ENTRE
ELLOS
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
La
presente
Ley
tiene
como
objeto
modificar
el
artículo
20
del
a
fin
de
establecer
la
libertad
de
los
progenitores
de
decidir
la
prelación
de
los
apellidos
de
los
hijos
y
regular
el
tipo
de
proceso
y
competencia
judicial
ante
el
desacuerdo
de
los
progenitores
al
asignar
el
orden
de
los
apel
lidos,
para
cuyo
efecto
se
plantea
modificar
los
artículos
546
y
547
del
de
ese
modo
se
da
cumplimiento
a
la
Exhortación
efectuada
por
el
Tribunal
Constitucional
en
la
sentencia
emitida
en
el
EXP.
N°
02695-2021-PA/TC.
Artículo
2.-
Modificación
del
artículo
20
del
Se
modifica
el
artículo
20
del
el
mismo
que
quedará
redactado
con
el
siguiente
texto:
"Artículo
20.
Apellidos
del
hijo
y
su
prelación
Al
hijo
le
corresponde
el
primer
apellido
del
padre
y
el
primero
de
la
madre.
El
padre
y
la
madre
de
común
acuerdo
podrán
decidir
el
orden
de
prelación
de
los
apellidos
del
hijo.
www.congreso.gob.pe
Edificio
Luis
Alberto
Sánchez
Jr.
Huallaga
358
Of.
144
Lima
-Perú
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