Proyecto de Ley Nº 04447/2022-CR, Resolución legislativa que modifica el artículo 34 del reglamento del congreso

Número de Iniciativa04447/2022-CR
Fecha de registro09 Marzo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaSoto Reyes, Alejandro,Chiabra León, Roberto Enrique,Trigozo Reátegui, Cheryl,Julón Irigoín, Elva Edhit,García Correa, Idelso Manuel,Camones Soriano, Lady Mercedes
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
ProyectodeResolucillegistova
Li
i-1
Lj7-/2
02_2
C
R
o
-
CONGRESO
be
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
kead
T'Irle
y
krzzar,
e
Docr
,
res
09
MAR,
R
Fuma
_L..
"
23
DO
Hora
ALEJANDRO
SOTO
REYES
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres'
«Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo'
PROYECTO
DE
RESOLUCIÓN
LEGISLATIVA
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
34
DEL
REGLAMENTO
DEL
CONGRESO
El
Congresista
de
la
República
que
suscribe,
ALEJANDRO
SOTO
REYES,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Alianza
para
el
Progreso,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
los
artículos
74
y
75
del
Reglamento,
propone
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
RESOLUCIÓN
LEGISLATIVA
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
34
DEL
REGLAMENTO
DEL
CONGRESO
Artículo
Único.
Incorporación
de
un
párrafo
final
al
artículo
34
del
Se
incorpora
un
párrafo
final
al
artículo
34
del
Reglamento
del
Congreso,
con
el
siguiente
texto:
"Las
Comisiones.
Definición
y
Reglas
de
Conformación
Artículo
34.
Las
Comisiones
son
grupos
de
trabajo
especializados
de
Congresistas,
cuya
función
principal
es
el
seguimiento
y
fiscalización
del
funcionamiento
de
los
órganos
estatales
y,
en
particular,
de
los
sectores
que
componen
la
Administración
Pública.
Asimismo,
les
compete
el
estudio
y
dictamen
de
los
proyectos
de
ley
y
la
absolución
de
consultas,
en
los
asuntos
que
son
puestos
en
su
conocimiento
de
acuerdo
con
su
especialidad
o
la
materia.
Cada
comisión
está
integrada
por
miembros
titulares
y
accesitarios,
con
excepción
de
la
Comisión
de
Inteligencia,
cuyos
miembros
son
titulares
y
permanentes,
no
contando
con
miembros
accesitarios.
Los
miembros
accesitarios
reemplazan
en
caso
de
ausencia,
al
respectivo
titular
del
mismo
grupo
parlamentario,
para
los
efectos
del
cómputo
del
quórum
y
de
las
votaciones,
sin
perjuicio
de
los
derechos
que
les
corresponden
como
Congresistas.
Pueden
conformarse
grupos
de
trabajo
dentro
de
las
comisiones
ordinarias
a
fin
de
analizar
un
tema
específico
vinculado
al
quehacer
de
la
respectiva
comisión.
Para
su
funcionamiento
se
siguen
las
mismas
reglas
de
quórum
y
votación
aplicables
a
las
comisiones.
Es
dirigido
por
un
coordinador
elegido
por
los
miembros
del
grupo.
Al
concluir
su
mandato,
que
no
podrá
ser
superior
al
de
la
comisión,
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR