Proyecto de Ley Nº 04436/2022-CR, Ley de lucha contra la obesidad, la diabetes, enfermedades cronicas y prejuicios en restaurantes y bares

Número de Iniciativa04436/2022-CR
Fecha de registro09 Marzo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaVergara Mendoza, Elvis Hernán,López Ureña, Ilich Fredy,Alva Rojas, Carlos Enrique,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Arriola Tueros, José Alberto,Mori Celis, Juan Carlos,Aragón Carreño, Luis Ángel,Paredes Fonseca, Karol Ivett
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
Proyato
de
ley
N
0
..
/2&22
CR
2,
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u
'
CONGRESO
41111011
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REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPUBLICA
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Y
Diglaitza
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Fir
09
MA
023
ECI
.
IDO
_
____Hora2L0
ELVIS
HERNAN
VERGARA
MENDOZA
Congresista
de
la
bancada
de
"Acción
Ponular"
"Año
de
la
Unidad,
Paz
y
Desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
DE
LUCHA
CONTRA
LA
OBESIDAD,
LA
DIABETES,
ENFERMEDADES
CRONICAS
Y
PREJUICIOS
EN
RESTAURANTES
Y
BARES.
El
Congre
ista
de
la
República,
ELVIS
HERNAN
VERGARA
MENDOZA,
miembro
del
Grupo
Parlamentario
de
Acción
Popular,
en
pleno
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
reconocida
que
confieren
los
artículos
102°
inciso
1)
y
107°
de
la
así
como
el
numeral
2
del
artículo
76°
del
presenta
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FORMULA
LEGAL:
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
Ley
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
DE
LUCHA
CONTRA
LA
OBESIDAD,
LA
DIABETES,
ENFERMEDADES
CRONICAS
Y
PREJUICIOS
EN
RESTAURANTES
Y
BARES.
Artículo
1°:
Objeto
de
la
Ley
El
objeto
de
la
presente
Ley
iniciativa
legislativa
es
crear
una
política
de
salud
contra
la
obesidad,
la
diabetes,
enfermedades
crónicas
y
los
Prejuicios
que
son
realizados
y/o
fomentados
en
restaurantes
y
bares,
pues
sabemos
que
los
productos
de
bebidas
que
ofrecen
contienen
altos
estándares
de
azucares,
que
como
sabemos
el
azúcar
en
la
principal
causa
para
que
toda
persona
sufra
de
obesidad,
la
Diabetes
y
enfermedades
crónicas,
razón
por
la
cual
con
este
proyecto
se
pretende
exigir
a
estos
establecimientos
otorgar
de
manera
obligatoria
y
gratuita
un
vaso
con
agua
a
su
público
consumidor.
Asimismo,
se
pretender
con
esta
Ley
obligar
a
estos
restaurantes
y
bares
a
tener
una
carta
de
listados
de
sus
productos
que
ofertan
en
sistema
de
lecto
escritura
Braille
para
fomentar
la
igualdad.
Artículo
2°:
Aplicación
de
la
Ley
La
presente
Ley,
es
aplicable
y
de
obligatorio
cumplimiento
para
toda
persona
jurídica
o
persona
natural
sea
este
nacional
o
internacional
con
negocio
de
restaurante
y
bar
dentro
del
territorio
nacional.
Artículo
3°:
Obligaciones
de
los
Restaurantes
y
Bares.
Los
establecimientos
comerciales
de
restaurantes
y
bares
que
se
encuentren
dentro
de
territorio
nacional
tendrán
la
obligación
de
ofrecer
de
forma
obligatoria

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