Proyecto de Ley Nº 04340/2022-CR, Ley que modifica la ley 28015, ley de promoción y formalización de la micro y pequeña empresa, para garantizar la inclusión financiera, el factoring, la tecnificación y el afianzamiento de las pyme en el perú

Número de Iniciativa04340/2022-CR
Fecha de registro01 Marzo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaLimachi Quispe, Nieves Esmeralda,Bermejo Rojas, Guillermo,Chávez Chino, Betssy Betzabet,Echeverría Rodríguez, Hamlet,Kamiche Morante, Luis Roberto
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
45
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14011
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CONGRESO
REPÚBLICA
GRUPO
PARLAMENTARIO
PERÚ
DEMOCRÁTICO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
Proyecto
de
Ley
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CONGRESO
DE
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PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
DE
PROMOCIÓN
Y
FORMALIZACIÓN
DE
LA
MICRO
Y
PEQUEÑA
EMPRESA,
PARA
GARANTIZAR
LA
INCLUSIÓN
FINANCIERA,
EL
FACTORING,
LA
TECNIFICACIÓN
Y
EL
AFIANZAMIENTO
DE
LAS
PYME
EN
EL
PERÚ.
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben,
NIEVES
ESMERALDA
LIMACHI
QUISPE,
GUILLERMO
BERMEJO
ROJAS,
BETSSY
BETZABET
CHAVEZ
CHINO,
HAMLET
ECHEVERRÍA
RODRÍGUEZ,
LUIS
ROBERTO
KAMICHE
MORANTE,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
"PERÚ
DEMOCRÁTICO",
en
ejercicio
de
sus
facultades
de
iniciativa
legislativa
consagrada
en
los
artículos
102°
y
107°
de
la
y
en
observancia
de
lo
dispuesto
en
los
artículos
22°,
literal
c),
75°
y
76°,
numeral
2,
del
presentan
a
consideración
del
Congreso
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
DE
PROMOCIÓN
Y
FORMALIZACIÓN
DE
LA
MICRO
Y
PEQUEÑA
EMPRESA,
PARA
GARANTIZAR
LA
INCLUSIÓN
FINANCIERA,
EL
FACTORING,
LA
TECNIFICACIÓN
Y
EL
AFIANZAMIENTO
DE
LAS
PYME
EN
EL
PERÚ.
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
como
objeto
modificar
la
Ley
de
promoción
y
formalización
de
la
Micro
y
Pequeña Empresa,
con
el
objetivo
de
fortalecer
su
proceso
de
crecimiento
y
desarrollo
que
favorezca
el
tejido
productivo
y
social
del
país,
con
impacto
favorable
en
la
producción
y
la
productividad
que
mejore
la
competitividad
dentro
y
fuera
del
país.
Artículo
2°.
-
Finalidad
La
Ley
tiene
por
finalidad
establecer
mecanismos
concretos
para
garantizar
el
financiamiento
de
las
MYPE
con
créditos
blandos
y
factoring;
así
como,
mayor
acceso
a
compras
del
Estado;
y
maquinarias
y
equipos
con
tecnología
de
punta,
que
impulse
el
www.congreso.gob.pe
bancadaperudemocraticoaqmail.com
Plaza
Bolívar
Av.
Abancay
S/N
-
Lima,
Perú
Palacio
Legislativo
Oficina
N
353
Teléf.:
(01)
3117777—
Anexo
7461
05
,puf-AD4..
40
051
;;:u:::
CONGRESO
REPÚBLICA
GRUPO
PARLAMENTARIO
PERÚ
DEMOCRÁTICO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
crecimiento
y
desarrollo
de
la
Micro
y
Pequeñas
Empresas
MYPE,
con
productos
manufacturados
que
garantice
una
salida
ordenada
y
sin
pausa
de
la
trampa
del
ingreso
medio.
Artículo
3°.
-
Ámbito
de
aplicación
El
ámbito
de
aplicación
de
la
presente
Ley
comprende
a
todas
las
Micro
y
Pequeñas
Empresas
MYPE,
establecidas
en
el
territorio
nacional,
que
obtén
por
la
formalización
y
se
encuentren
en
el
Registro
Nacional
de
las
Micro
y
Pequeñas
Empresas
MYPE,
regulada
por
la
Artículo
4°.
Modificación
de
diversos
Artículos
de
la
Ley
de
promoción
y
formalización
de
la
Micro
y
Pequeña
Empresa
Modifíquese
diversos
Artículos
de
la
Ley
de
promoción
y
formalización
de
la
Micro
y
Pequeña
Empresa,
el
que
queda
redactado
de
la
siguiente
manera:
"Artículo
21.-
Compras
Estatales
Los
procesos
de
selección
se
pueden
llevar
a
cabo
por
etapas,
tramos,
paquetes
o
lotes.
La
buena
pro
por
cada
etapa,
tramo,
paquete
o
lote
se
podrá
otorgar
a
las
MYPE
distintas
y
no
vinculadas
económicamente
entre
sí,
lo
que
no
significará
un
cambio
en
la
modalidad
del
proceso
de
selección.
Asimismo,
las
instituciones
del
Estado
deben
programar
no
menos
del
cuarenta
por
ciento
(40%)
de
sus
contrataciones
para
ser
atendidos
por
las
MYPE
en
aquellos
bienes
y
servicios
que
estas
pueden
suministrar,
en
el
marco
de
la
Ley
que
promueve
la
reactivación
económica
a
través
de
compras
públicas
de
la
MYPE
manufactureras
nacionales.
Se
dará
preferencia
a
las
MYPE
regionales
y
locales
del
lugar
donde
se
realicen
las
compras
o
se
ejecuten
las
obras
estatales.
En
ese
sentido,
cada
institución
del
Estado
incorporará
en
su
Plan
de
Adquisiciones
y
Contrataciones;
así
como
en
sus
Procesos
de
Selección,
la
compra
de
bienes
y
servicios
que
será
atendida
por
las
MYPE.
Ninguna
orden
de
servicio
o
requerimiento
se
emitirá
sin
la
certificación
presupuestal.
Asimismo,
a
la
entrega
del
bien
o
servicio,
las
instituciones
del
Estado
emitirán
un
Certificado
de
Conformidad,
bajo
responsabilidad.
Realizando
la
cancelación
del
bien
o
servicio
en
un
plazo
no
mayor
a
los
treinta
(30)
días
de
la
recepción
y
conformidad
del
servicio.
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Plaza
Bolívar
Av.
Abancay
S/N
-
Lima,
Perú
Palacio
Legislativo
Oficina
353
Teléf.:
(01)
3117777—
Anexo
7461

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