Proyecto de Ley Nº 04278/2022-CR, Ley que autoriza el cambio de grupo ocupacional y cambio de linea de carrera del personal de la salud del ministerio de defensa
Número de Iniciativa | 04278/2022-CR |
Fecha de registro | 17 Febrero 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina,Cavero Alva, Alejandro Enrique,Córdova Lobatón, María Jessica,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Yarrow Lumbreras, Norma Martina |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN CUARTO INTERMEDIO |
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'71
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017
CONG.RESO
REPÚBLICA
Proyecto
(le
ley<
L12
4
b/
2-°
CR
DIEGO
ALONSO
FERNANDO
BAZÁN
CALDERÓN
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Proyecto
de
Ley
N°
/2022
-CR
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Afea
fe
TvItte
Dyaitior
i
Documr:/s
1
7
FE:
2023
I
IDO
flow
LEY
QUE
AUTORIZA
EL
CAMBIO
DE
GRUPO
OCUPACIONAL
Y
CAMBIO
DE
LINEA
DE
CARRERA
DEL
PERSONAL
DE
LA
SALUD
DEL
MINISTERIO
DE
DEFENSA
Los
congresistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Avanza
País,
a
iniciativa
del
Congresista
DIEGO
ALONSO
FERNANDO
BAZÁN
CALDERÓN,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
artículo
107
de
la
Perú,
y
en
concordancia
con
los
artículos
22,
inciso
c),
67,
75
y
76
del
presentan
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
I.
FORMULA
NORMATIVA
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
siguiente
Ley:
LEY
QUE
AUTORIZA
EL
CAMBIO
DE
GRUPO
OCUPACIONAL
Y
CAMBIO
DE
LINEA
DE
CARRERA
DEL
PERSONAL
DE
LA
SALUD
DEL
MINISTERIO
DE
DEFENSA
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
la
autorización
del
cambio
de
grupo
ocupacional
y
línea
de
carrera
del
personal
asistencial
que
labora
en
el
Ministerio
de
Defensa,
dentro
de
los
alcances
del
1153.
Artículo
2.-
Autorización
Autorícese
al
Ministerio
de
Defensa
a
realizar
durante
el
año
fiscal
2023,
el
cambio
de
grupo
ocupacional
y
línea
de
carrera
del
personal
de
la
salud
del
Ministerio
de
Defensa,
comprendidos
en
el
numeral
3.2
del
1153,
que
regula
la
política
integral
de
compensaciones
y
entregas
económicas
del
personal
de
la
salud
al
servicio
del
Estado.
Artículo
3.-
Cambio
de
grupo
ocupacional
y
línea
de
carrera
3.1
El
cambio
de
grupo
ocupacional
y
el
cambio
de
línea
de
carrera
se
realiza
en
la
entidad
donde
el
personal
de
salud
se
encuentra
actualmente
laborando.
3.2
El
cambio
de
grupo
ocupacional
y
el
cambio
de
línea
de
carrera
se
efectúa
en
el
nivel
de
inicio
del
grupo
ocupacional
o
de
la
línea
de
carrera,
según
corresponda.
Artículo
4.-
Requisitos
El
personal
de
la
salud
deberá
acreditar
que
esta
nombrado
o
con
contrato
vigente
a
la
fecha
de
la
vigencia
de
la
presente
ley,
así
como
acreditar
haber
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