Proyecto de Ley Nº 04278/2022-CR, Ley que autoriza el cambio de grupo ocupacional y cambio de linea de carrera del personal de la salud del ministerio de defensa

Número de Iniciativa04278/2022-CR
Fecha de registro17 Febrero 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaBazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina,Cavero Alva, Alejandro Enrique,Córdova Lobatón, María Jessica,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Yarrow Lumbreras, Norma Martina
ProponenteCongreso
EstatusEN CUARTO INTERMEDIO
rrixü
'71
,
017
CONG.RESO
REPÚBLICA
Proyecto
(le
ley<
L12
4
b/
2-°
CR
DIEGO
ALONSO
FERNANDO
BAZÁN
CALDERÓN
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
Proyecto
de
Ley
/2022
-CR
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Afea
fe
TvItte
Dyaitior
i
Documr:/s
1
7
FE:
2023
I
IDO
flow
LEY
QUE
AUTORIZA
EL
CAMBIO
DE
GRUPO
OCUPACIONAL
Y
CAMBIO
DE
LINEA
DE
CARRERA
DEL
PERSONAL
DE
LA
SALUD
DEL
MINISTERIO
DE
DEFENSA
Los
congresistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Avanza
País,
a
iniciativa
del
Congresista
DIEGO
ALONSO
FERNANDO
BAZÁN
CALDERÓN,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
artículo
107
de
la
y
en
concordancia
con
los
artículos
22,
inciso
c),
67,
75
y
76
del
presentan
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
I.
FORMULA
NORMATIVA
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
siguiente
Ley:
LEY
QUE
AUTORIZA
EL
CAMBIO
DE
GRUPO
OCUPACIONAL
Y
CAMBIO
DE
LINEA
DE
CARRERA
DEL
PERSONAL
DE
LA
SALUD
DEL
MINISTERIO
DE
DEFENSA
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
la
autorización
del
cambio
de
grupo
ocupacional
y
línea
de
carrera
del
personal
asistencial
que
labora
en
el
Ministerio
de
Defensa,
dentro
de
los
alcances
del
Artículo
2.-
Autorización
Autorícese
al
Ministerio
de
Defensa
a
realizar
durante
el
año
fiscal
2023,
el
cambio
de
grupo
ocupacional
y
línea
de
carrera
del
personal
de
la
salud
del
Ministerio
de
Defensa,
comprendidos
en
el
numeral
3.2
del
que
regula
la
política
integral
de
compensaciones
y
entregas
económicas
del
personal
de
la
salud
al
servicio
del
Estado.
Artículo
3.-
Cambio
de
grupo
ocupacional
y
línea
de
carrera
3.1
El
cambio
de
grupo
ocupacional
y
el
cambio
de
línea
de
carrera
se
realiza
en
la
entidad
donde
el
personal
de
salud
se
encuentra
actualmente
laborando.
3.2
El
cambio
de
grupo
ocupacional
y
el
cambio
de
línea
de
carrera
se
efectúa
en
el
nivel
de
inicio
del
grupo
ocupacional
o
de
la
línea
de
carrera,
según
corresponda.
Artículo
4.-
Requisitos
El
personal
de
la
salud
deberá
acreditar
que
esta
nombrado
o
con
contrato
vigente
a
la
fecha
de
la
vigencia
de
la
presente
ley,
así
como
acreditar
haber
1

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