Proyecto de Ley Nº 04209/2022-CR, Ley que declara de necesidad pública y preferente interes nacional, social y economico la construcción de microparques de energía eólica para la generación de energía renovable en beneficio de los centros poblados y caseríos, pequeñas y microempresas, así como de la agricultura y la ganaderia

Número de Iniciativa04209/2022-CR
Fecha de registro09 Febrero 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMontalvo Cubas, Segundo Toribio,Cruz Mamani, Flavio,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Portalatino Ávalos, Kelly Roxana,Taipe Coronado, María Elizabeth,Pariona Sinche, Alfredo
ProponenteCongreso
EstatusOrden del Día
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A7
-
CONGRESO
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2
2
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1
SO
DE
LA
REPLISUCA
09
FEB
023
1
D
MONTALVO
CUBAS
SEGUNDO
TORIBIO
Año
de
la
unidad,
la
pa
7
y
el
clearrollo
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
Y
PREFERENTE
INTERES
NACIONAL,
SOCIAL
Y
ECONOMICO
LA
CONSTRUCCIÓN
DE
MICROPARQUES
DE
ENERGÍA
EÓLICA
PARA
LA
GENERACIÓN
DE
ENERGÍA
RENOVABLE
EN
BENEFICIO
DE
LOS
CENTROS
POBLADOS
Y
CASERÍOS,
PEQUEÑAS
Y
MICROEMPRESAS,
ASÍ
COMO
DE
LA
AGRICULTURA
Y
LA
GANADERIA.
Los
congresistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Partido
Nacional
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
Congresista
SEGUNDO
TORIBIO
MONTALVO
CUBAS
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y,
en
concordancia
con
los
artículos
22°,
inciso
c),
67,
75
y
76
del
presentan
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
NECESIDAD
PÚBLICA
Y
PREFERENTE
INTERES
NACIONAL,
SOCIAL
Y
ECONOMICO
LA
CONSTRUCCIÓN
DE
MICROPARQUES
DE
ENERGÍA
EÓLICA
PARA
LA
GENERACIÓN
DE
ENERGÍA
RENOVABLE
EN
BENEFICIO
DE
LOS
CENTROS
POBLADOS
Y
CASERÍOS,
PEQUEÑAS
Y
MICROEMPRESAS,
ASÍ
COMO
DE
LA
AGRICULTURA
Y
LA
GANADERIA.
Artículo
1.
Declaración
Declárese
de
necesidad
pública
y
preferente
interés
nacional,
social
y
económico
la
construcción
de
micro
parques
de
energía
eólica
para
la
generación
de
energía
renovable
a
través
de
fuentes
renovables.
Artículo
2.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley,
tiene
por
objeto
la
finalidad,
construir
micro
parques
de
energía
eólica
para
la
generación
de
energía
renovable
en
beneficio
de
los
centros
poblados,
caseríos,
pequeñas
y
microempresa,
así
como
de
la
agricultura
y
ganadería.
www.congreso.coh.pe
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
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Av.
Abancay
esq.
Jr.
Ancash
e-mail:
smontalyo@congreso.gob.pe
Central
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CONGRESO
REPÚBLICA
MONTALVO
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SEGUNDO
TORIBIO
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de
la
unidad,
ia
paz
y
el
desarràlo
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
FINAL
ÚNICA.
Ministerios
y
Gobiernos
competentes
Dispóngase
que
el
Ministerio
de
Energía
y
Minas,
Ministerio
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego,
Gobiernos
Regionales
y
Gobiernos
locales,
deben
priorizar
la
construcción
de
micro
parques
de
energía
eólica
para
la
generación
de
energía
renovable.
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Abancay
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e-mail:
smontalvo@congreso.gob.pe
Central
Telefónica
35
1-77Y

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