Proyecto de Ley Nº 04153/2022-CR, Ley que crea el registro virtual de centros de acogida residencial de niños y adolescentes

Número de Iniciativa04153/2022-CR
Fecha de registro02 Febrero 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaJáuregui Martínez de Aguayo, María de los Milagros Jackeline,Flores Ruiz, Víctor Seferino,Lizarzaburu Lizarzaburu, Juan Carlos Martin,Olivos Martínez, Vivian,Revilla Villanueva, César Manuel,Flores Ramírez, Alex Randu,Martínez Talavera, Pedro Edwin,Acuña Peralta, María Grimaneza,Chiabra León, Roberto Enrique,Heidinger Ballesteros, Nelcy Lidia,Burgos Oliveros, Juan Bartolomé,Alva Rojas, Carlos Enrique,Acuña Peralta, Segundo Héctor,Medina Minaya, Esdras Ricardo,Yarrow Lumbreras, Norma Martina,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Padilla Romero, Javier Rommel,Montoya Manrique, Jorge Carlos,Echaíz de Núñez Izaga, Gladys Margot,Cueto Aservi, José Ernesto
ProponenteCongreso
EstatusDictamen
Proyecto
de
Ley
L
i
4
53/2022-
C.
R
- -
coNicatrso
EPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
kea
de
Trame
y
Dilaiizaaor
de
Dricuremos
02
FEB
23
I
D
O
_
Hora/2124
LA
Firma_
La
Congresista
MI
AGROS
JÁUREGUI
DE
AGUAYO
miembro
del
grupo
parlamentario
RENOVACIÓN
POPULAR,
en
ejercicio
de
las
facultades
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Estado
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
"Decenio
de
la
igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
LEY
QUE
CREA
EL
REGISTRO
VIRTUAL
DE
CENTROS
DE
ACOGIDA
RESIDENCIAL
DE
NIÑOS
Y
ADOLESCENTES
I.
FORMULA
LEGAL
LEY
QUE
CREA
EL
REGISTRO
VIRTUAL
DE
CENTROS
DE
ACOGIDA
RESIDENCIAL
DE
NIÑOS
Y
ADOLESCENTES
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
crear
un
Registro
Virtual
de
Datos
de
los
Centros
de
Acogida
Residencial
de
niños
y
adolescentes
REDCAR,
que
promueva
la
optimización
de
la
función
de
las
Unidades
de
Protección
Especial
-
UPE
y
el
Poder
Judicial
en
los
servicios
de
protección
integral
de
niños
y
adolescentes
sin
cuidados
parentales
o
en
riesgo
de
perderlos.
Artículo
2.
Ámbito
de
aplicación
La
presente
ley
se
aplica
al
Ministerio
de
la
Mujer
y
Poblaciones
Vulnerables,
Poder
Judicial
y
Centros
de
Acogida
Residencial
a
nivel
nacional,
como
instituciones
involucradas
en
los
procedimientos
por
desprotección
familiar
con
medidas
de
acogimiento
residencial.
Artículo
3.
Creación
del
Registro
Virtual
de
Centros
de
Acogida
Residencial
de
Niños
y
Adolescentes
-
REDCAR
Créese
Registro
Virtual
de
Centros
de
Acogida
Residencial
de
Niños
y
Adolescentes
REDCAR,
el
cual
debe
contener
como
mínimo
la
siguiente
información
sobre
la
totalidad
de
Centros
de
Acogida
Residencial
a
nivel
nacional,
tanto
público
como
privado:
a)
b)
c)
d)
e)
O
9)
h)
Nombre
del
CAR
Tipo
de
CAR
Dirección
Capacidad
máxima
del
CAR
y
cantidad
de
residentes
albergados.
Perfil
de
los
menores
que
puede
recibir
el
CAR
Indicar
si
cuenta
con
una
sanción
que
impida
el
ingreso
de
menores
Estado
de
su
acreditación
Protocolo
de
ingreso
de
menores
de
los
CAR
especializados
aprobados
por
la
autoridad
competente.
1

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