Proyecto de Ley Nº 04128/2022-CR, Resolución legislativa que modifica el artículo 35 del reglamento del congreso de la república, con la finalidad de crear la comisión ordinaria de atención y protección de niñas, niños y adolescentes

Número de Iniciativa04128/2022-CR
Fecha de registro31 Enero 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaRuíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Monteza Facho, Silvia María,Portero López, Hilda Marleny,Acuña Peralta, María Grimaneza,Camones Soriano, Lady Mercedes,Julón Irigoín, Elva Edhit,Salhuana Cavides, Eduardo,Soto Reyes, Alejandro,Trigozo Reátegui, Cheryl,Limachi Quispe, Nieves Esmeralda,Bazán Narro, Sigrid Tesoro,Sánchez Palomino, Roberto Helbert,Acuña Peralta, Segundo Héctor,Pablo Medina, Flor Aidee
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
deResdidón~
/
2
8/2,
22
-
R
PrRÚ
1
1
12.1
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CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
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ÜBLICA
Area
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Digrtaiizacio
Doc
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31
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IDO
1
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o
7
-
MAGALY
RUIZ
RODRIGUEZ
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional
"Proyecto
de
Resolución
Legislativa
que
modifica
el
artículo
35
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
con
la
finalidad
de
crear
la
Comisión
Ordinaria
de
Atención
y
Protección
de
Niñas,
Niños
y
Adolescentes"
Los
congresistas
de
la
Repú
lica
que
al
final
suscriben
de
manera
multipartidaria
ejerciendo
la
prerrogativa
constitucional
de
producción
legislativa
previsto
en
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
según
lo
regulado
por
los
artículos
22°
inc
c.,
67°,
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
a
consideración
del
Congreso
de
la
República
el
siguiente
proyecto
de
Resolución
Legislativa:
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
siguiente
Resolución
Legislativa:
"Resolución
Legislativa
que
modifica
el
artículo
35
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
con
la
finalidad
de
crear
la
Comisión
Ordinaria
de
Atención
y
Protección
de
Niñas,
Niños
y
Adolescentes"
Firmado
digitalmente
por:
2
S
0
7
3
°
17
~
613 Kilo.
Formula
Modificatoria.
doc
".".Mgmliftfulse
el
literal
a)
del
artículo
35
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
umento
Fecha:Repábficarantorme
al
siguiente
texto:
Clases
de
Comisiones
Artículo
35.
Existen
cuatro
clases
de
Comisiones:
a)
Comisiones
Ordinarias;
encargadas
del
estudio
y
dictamen
de
los
asuntos
ordinarios
de
la
agenda
del
Congreso,
con
prioridad
en
la
función
legislativa
y
de
fiscalización.
El
Presidente
del
Congreso,
en
coordinación
con
los
Grupos
Parlamentarios
o
previa
consulta
al
Consejo
Directivo
del
Congreso,
propone
el
número
de
Comisiones
Ordinarias
teniendo
en
cuenta
la
estructura
del
Estado.
Sin
embargo,
Firmado
digitalmederigien
conformarse
por
lo
menos
las
siguientes
Comisiones
Ordinarias:
/
1-
0
13
17
R
4r2Wf/
indI
T M
"tivo:
Soy
el
3
2?
r.
dAtención
y
Protección
de
la
Infancia
y
Adolescencia.
documento
Fecha:
311131r2o3.15xlermil,
Innovación
y
Tecnología.
4.
Comercio
Exterior
y
Turismo.
5.
Constitución
y
Reglamento.
6.
Cultura
y
Patrimonio
Cultural.
7.
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos.
Firmado
digitalmente
por
JULON
IRIGOIN
Eva
EcIhrt
FAU
20101740120
soft
fiktivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha'
30101/2023
12:1147-0500
Firrado
digitalmente
por:
SALHUANACAVIDES
Eduardo
FAU
20101749120
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
31101/2023
11:42:32-06013
Firmado
digitalmente
por:
CAMONES
SORIANO
Lady
Mercedes
FAU
2011317401213
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
30/0112023
17:38:10-0S00

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