Proyecto de Ley Nº 04097/2022-CR, Ley que modifica el decreto legislativo 635, código penal, para sancionar el uso de medios de comunicación digitales y telefónicos en los delitos de estafa y extorsión

Número de Iniciativa04097/2022-CR
Fecha de registro27 Enero 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaLimachi Quispe, Nieves Esmeralda,Chávez Chino, Betssy Betzabet,Kamiche Morante, Luis Roberto,Bermejo Rojas, Guillermo,Echeverría Rodríguez, Hamlet
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
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CONGRESO
REPÚBLICA
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CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
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Trame
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de
Documentos
27
ENE
2023
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11
NIEVES
ESMERALDA
LIMACHI
QUI
PE
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
'Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
Proyecto
de
Ley
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
DECRETO
LEGISLATIVO
635,
CODIGO
PENAL,
PARA
SANCIONAR
EL
USO
DE
MEDIOS
DE
COMUNICACIÓN
DIGITALES
Y
TELEFÓNICOS
EN
LOS
DELITOS
DE
ESTAFA
Y
EXTORSIÓN.
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben,
a
iniciativa
de
la
Congresista
NIEVES
ESMERALDA
LIMACHI
QUISPE,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
"Perú
Democrático",
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confieren
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú;
y
de
conformidad
con
los
artículos
22°
inciso
c),
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
proponen
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
DECRETO
LEGISLATIVO
635,
CÓDIGO
PENAL,
PARA
SANCIONAR
EL
USO
DE
MEDIOS
DE
COMUNICACIÓN
DIGITALES
Y
TELEFÓNICOS
EN
LOS
DELITOS
DE
ESTAFA
Y
EXTORSIÓN
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
los
Artículos
196°
y
200°
del
Código
Penal,
a
fin
de
agregar
en
los
delitos
de
estafa
y
extorsión,
a
los
cometidos
utilizando
medios
de
comunicación
digitales
y
telefónicos,
para
garantizar
que
los
actos
de
investigación
alcancen
sus
fines
y
sancionen
los
delitos
de
nuestro
ordenamiento
jurídico
conforme
a
las
nuevas
modalidades
delictivas.
Artículo
2.-
Modificación
de
los
Artículos
196°
y
200°del
Código
Penal
promulgado
por
el
Decreto
Legislativo
635°.
Modifíquese
los
Artículos
196°
y
200°,
del
Código
Penal
promulgado
por
el
Decreto
Legislativo
635°,
el
que
queda
redactado
de
la
siguiente
manera:
jirón
Ancash
569-0fic.
128
Cercado
de
Lima
Te(
01-3117777
Anexo
7360
-
6437
Vrb.
Viga
jesús
Mza
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Lote
5,
Pocollly
-Tacna
Ce(
952344185

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