Proyecto de Ley Nº 04071/2022-CR, Ley que modifica la normativa sobre despido por rendimiento deficiente

Número de Iniciativa04071/2022-CR
Fecha de registro26 Enero 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaBazán Narro, Sigrid Tesoro,Reymundo Mercado, Edgard Cornelio,Cortez Aguirre, Isabel,Luque Ibarra, Ruth
ProponenteCongreso
EstatusOrden del Día
Proyecto
de
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.P:
7
1/2
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1.
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Hon
2
SIGRID
BAZÁN
NARRO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
LA
NORMATIVA
SOBRE
DESPIDO
POR
RENDIMIENTO
DEFICIENTE
El
Grupo
Parlamentario
Ca
bio
Democrático
-Juntos
por
el
Perú,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República
que
suscribe,
.
igrid
Bazán
Narro,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75
y
76
del
proponen
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
MODIFICA
LA
NORMATIVA
SOBRE
DESPIDO
POR
RENDIMIENTO
DEFICIENTE
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
derogar
el
inciso
b)
del
artículo
59
y
modificar
el
inciso
b)
del
artículo
61
del
728,
Dictan
Artículo
2.
Finalidad
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
modificar
la
normativa
relativa
al
despido
por
rendimiento
deficiente
a
efectos
de
combatir
prácticas
contrarias
al
derecho
al
trabajo.
Artículo
3.
Derogatoria
del
inciso
b)
del
artículo
59
del
728,
Dictan
Se
deroga
el
inciso
b)
del
artículo
59
del
Decreto
Legislativo
N'
728,
Dictan
Artículo
4,
Modificación
del
inciso
b)
del
artículo
61
del
728,
Dictan
Se
modifica
el
inciso
b)
del
artículo
61
del
728,
Dictan
el
cual
queda
redactado
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
61.-
Falta
grave
es
la
infracción
por
el
trabajador
de
los
deberes
esenciales
que
emanan
del
contrato,
de
tal
índole,
que
haga
irrazonable
la
subsistencia
de
la
relación.
Son
faltas
graves:
(-
.)
b)
La
disminución
deliberada
y
continuada
en
el
rendimiento
normal,
o
en
su
defecto,
según
el
promedio
del
trabajador,
en
el
mismo
o
similar
puesto,
rity
CONGRESO
REPÚBLICA
SIGRID
BAZÁN
NARRO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Arlo
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
con
idénticas
o
similares
condiciones
de
trabajo
y,
según
adecuados
parámetros
de
comparación,
debidamente
probada,
siempre
que
el
empleador
haya
proporcionado
al
trabajador
la
capacitación
adecuada
para
el
desempeño
de
sus
funciones
o
en
relación
a
los
cambios
legítimos
que
pudieran
producirse.
La
carta
de
imputación
de
cargos
cuenta
con
un
informe
técnico
sustentatorio,
el
cual
debe
estar
respaldado
en
el
incumplimiento
de
las
obligaciones
inherentes
al
contrato
de
trabajo
y
tener
relación
con
las
funciones
establecidas
en
el
cuadro
de
categoría
y
funciones,
además
de
cumplir
los
parámetros
establecidos
en
la
ley
y
ser
oportunamente
puesto
en
conocimiento
del
trabajador.
Cualquiera
de
las
partes
podrá
solicitar
la
verificación
o
el
concurso
de
la
Autoridad
Inspectiva
de
Trabajo,
la
cual
podrá
solicitar
el
apoyo
del
sector
al
que
pertenece
la
empresa.
La
inspección
del
trabajo
podrá
verificar
también
la
idoneidad
de
los
sistemas
o
de
gestión
o
evaluación
del
rendimiento,
conforme
a
los
parámetros
establecidos
en
este
artículo;
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA.
-
Vigencia
La
presente
Ley
entra
en
vigencia
al
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
Diario
Oficial
"El
Peruano".
SEGUNDA.
-
Reglamentación
El
Poder
Ejecutivo
adecua
las
disposiciones
reglamentarias
según
lo
dispuesto
en
la
presente
Ley
en
un
plazo
de
cuarenta
y
cinco
(45)
días
hábiles
contados
a
partir
de
su
entrada
en
vigencia.
Lima,
enero
de
2023.
.......
e.
tiORID
BAZAN
NA
COWGRESISTA
LA
REMO&
ISABEI,CORTE
AGUIRRE
COPiGRESISTA
DE
LA
REPULLICA
RUTH
LUQUE
IBARRA
CONGRESISTA
DE
LA
FtEPÚBLICA
EDGARD
REYMUNO0
MERCADO
Directivo
Portavoz
Goa
Plastrivia
Gata
01410Wills
JalaspvdPeri

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