Proyecto de Ley Nº 04068/2022-CR, Ley de reforma constitucional que modifica el artículo 95° de la constitución política del perú
Número de Iniciativa | 04068/2022-CR |
Fecha de registro | 26 Enero 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Bellido Ugarte, Guido,Cutipa Ccama, Víctor Raúl,Varas Meléndez, Elías Marcial,Balcázar Zelada, José María,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Marticorena Mendoza, Jorge Alfonso |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
Proyecto
de
Ley
N.2.¿L2...1
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GUIDO
BELLIDO
UGARTE
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
PROYECTO
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
95°
DE
LA
Los
Congresistas
q
e
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Perú
Bicentenario,
a
iniciativa
del
congresista
Guido
Bellido
Ugarte,
en
ejercicio
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
conforme
lo
establecen
los
artículos
74,
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso,
proponen
el
siguiente proyecto
de
ley.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
ley:
LEY
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
95°
DE
LA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
el
artículo
95°
de
la
Perú,
con
la
finalidad
de
eliminar
la
proscripción
constitucional
a
la
renuncia
al
cargo
de
congresista
a
efectos
de
regular
adecuadamente
los
supuestos
de
dimisión
al
cargo
de
congresista.
Artículo
2.
Modificación
del
artículo
95°
de
la
Se
modifica
el
artículo
95°
de
la
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
95.-
Cese
del
mandato
legislativo
El
cargo
de
Congresista
es
cesado
por
las
siguientes
causales:
renuncia,
muerte,
inhabilitación
física
o
mental
permanente
que
impida
ejercer
la
función
y
por
inhabilitación
superior
al
período
parlamentario
o
destitución
en
aplicación
de
lo
que
establece
el
artículo
100
de
la
En
el
supuesto
que
un
35%
del
número
total
de
Congresistas
renuncie
unilateralmente
a
sus
puestos,
se
deberá
convocar
a
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