Proyecto de Ley Nº 03864/2022-CR, Ley que dignifica las pensiones de jubilación de los profesores cesantes y jubilados comprendidos en los decretos leyes 19990 y 20530

Número de Iniciativa03864/2022-CR
Fecha de registro28 Diciembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaTello Montes, Nivardo Edgar,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Dávila Atanacio, Pasión Neomías,Ugarte Mamani, Jhakeline Katy,Paredes Gonzales, Alex Antonio
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
"
CONGRESO
•—•—pc
REPUBLICA
NIVARDO
EDGAR
TELLO
MONTES
Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres
Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional
PROYECTO
DE
LEY
No
.
-
15
q/.202.ü
C
R
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Area
de
Tramde
Dgmai
de
Donrentos
2801
Fu
2022
IDO
Hor.S'os{h,
SUMILLA:
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DIGNIFICA
LAS
PENSIONES
DE
JUBILACIÓN
DE
LOS
PROFESORES
CESANTES
Y
JUBILADOS
COMPRENDIDOS
EN
LAS
LEYES
19990
Y
20530.
El
congresista
de
la
República,
Nivardo
Edgar
Tello
Montes,
a
través
del
Grupo
Parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
Constitución
Política
del
Estado
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
literal
c)
del
artículo
22'
y
los
artículos
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa.
LEY
QUE
DIGNIFICA
LAS
PENSIONES
DE
JUBILACIÓN
DE
LOS
PROFESORES
CESANTES
Y
JUBILADOS
COMPRENDIDOS
EN
LOS
DECRETOS
LEYES
19990
Y
20630.
Artículo
1°.-
Objeto
de
la
ley
La
presente
Ley
tiene
como
objeto
establecer
un
régimen
legal
que
permita
la
dignificación
de
las
pensiones
de
jubilación
de
los
profesores
cesantes
y
jubilados
comprendidos
en
los
Decretos
Leyes
19990
y
20530
mediante
la
homologación
a
la
primera
escala
de
la
Ley
de
Reforma
Magisterial
29944.
Artículo
2°.-
Finalidad
La
fi
nalidad
de
la
presente
ley
es
conseguir
la
equidad
y
justicia
entre
el
profesorado
activo
con
los
cesantes
y
jubilados
que
permitan
llevar
una
vida
en
condiciones
de
dignidad.
Artículo
3°.-
Homologación
Las
pensiones
que
reciban
los
profesores
al
momento
del
término
de
su
relación
laboral, así
como
los
actuales
cesantes
y
jubilados
comprendidos
dentro
de
los
www.Congreso.gob.pe
Teléfono:
311-7777

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