Proyecto de Ley Nº 03855/2022-CR, Ley que deroga el artículo 7° de la ley penal tributaria

Número de Iniciativa03855/2022-CR
Fecha de registro28 Diciembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaBermejo Rojas, Guillermo,Limachi Quispe, Nieves Esmeralda,Kamiche Morante, Luis Roberto,Chávez Chino, Betssy Betzabet,Echeverría Rodríguez, Hamlet
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
....
....
2
2
C
Pf
RE'
e
al
;
CONGRESO
REPÚBLICA
Bermejo
Rojas
Guillermo
Congresista
de
la
Republica
El
Congresista
Guillermo
Bermejo
Rojas,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Perú
Democrático
que
suscribe,
en
ejercicio
de
su
facultad
de
iniciativa
legislativa
consagrada
en
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
en
observancia
de
lo
dispuesto
en
los
artículos
22°,
literal
c),
y
76°,
numeral
2,
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente:
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
kes
ele
Tvle
NI:12700r
e
Documerlos
Firma
LEY
QUE
DEROGA
EL
ARTÍCULO
7
0
DE
LA
LEY
PENAL
TRIBUTARIA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
El
objeto
de
la
presente
ley
es
derogar
el
artículo
de
la
Ley
Penal
Tributaria
por
configurar
un
condicionamiento
a
la
labor
y
autonomía
constitucional
del
Ministerio
Público,
que
la
Constitución
y
el
Código
Procesal
Constitucional
le
reconocen.
Artículo
2.
Deróguese
el
artículo
del
Decreto
Legislativo
813,
Ley
Penal
Tributaria.
Deróguese
el
artículo
del
Decreto
Legislativo
813,
Ley
Penal
Tributaria,
y
las
normas
que
se
opongan
al
objeto
de
la
presente
ley.
Artículo
3.
Vigencia
de
la
Ley
La
presente
ley
entrará
en
vigor
al
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
Diario
Oficial
El
Peruano.

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