Proyecto de Ley Nº 03814/2022-CR, Ley que declara el estado de emergencia a las zonas altoandinas del departamento de huánuco, por peligro inminente ante déficit hídrico y promover desde el ejecutivo el trabajo ganadero y agricola

Número de Iniciativa03814/2022-CR
Fecha de registro20 Diciembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMedina Hermosilla, Elizabeth Sara,Ugarte Mamani, Jhakeline Katy,Dávila Atanacio, Pasión Neomías,Paredes Castro, Francis Jhasmina,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Tello Montes, Nivardo Edgar,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Firma__
CONGRESO
REPUBLICA
ELIZABETH
SARA
MEDINA
HERMOSI
LA
Congresista
dele
República
Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
N
°
3BLL1J2O22.
C
-R
LEY
QUE
DECLARA
EL
ESTADO
DE
EMERGENCIA
A
LAS
ZONAS
ALTO
ANDINAS
DEL
DEPARTAMENTO
DE
HUÁNUCO,
POR
PELIGRO
INMINENTE
ANTE
DÉFICIT
HÍDRICO
Y
PROMOVER
DESDE
EL
PODER
EJECUTIVO
EL
TRABAJO
GANADERO
Y
AGRICOLA
CONGRESO
DE
LA
REPInt
iCA
20
01C1022
IDO
Hor.32.1%
Los
Congresistas
miembros
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
Bloque
Magisterial,
a
iniciativa
de
la
Congresista
Elizabeth
Sara
Medina
Hermosilla,
y
demás
Congresistas
firmantes,
ejerciendo
el
derecho
que
confiere
los
artículos
102
inciso
1)
y
107°
de
la
así
como
el
numeral
2
del
artículo
76°
del
presenta
el
siguiente
proyecto
de
Ley.
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
Republica
ha
dado
la
presente
Ley
LEY
QUE
DECLARA
EL
ESTADO
DE
EMERGENCIA
A
LAS
ZONAS
ALTOANDINAS
DEL
DEPARTAMENTO
DE
HUÁNUCO,
POR
PELIGRO
INMINENTE
ANTE
DÉFICIT
HÍDRICO
Y
PROMOVER
DESDE
EL
EJECUTIVO
EL
TRABAJO
GANADERO
Y
AGRICOLA.
ARTICULO
1°.
OBJETO
DE
LA
LEY
Declarar
el
Estado
de
Emergencia
a
las
zonas
alto
andinas
de
la
Región
de
Huánuco,
por
peligro
inminente
ante
déficit
hídrico
y
promover
desde
el
Poder
Ejecutivo
el
trabajo
ganadero
y
agrícola,
por
el
plazo
de
sesenta
(60)
días
calendario,
para
la
ejecución
de
medidas
y
acciones
de
excepción,
inmediatas
y
necesarias
de
reducción
del
Muy
Alto
Riesgo
existente,
así
como
de
respuesta
y
rehabilitación
que
correspondan.
ARTICULO
2°.
ACCIONES
A
EJECUTAR
El
Gobierno
Regional
de
Huánuco
y
los
gobiernos
locales
comprendidos,
con
la
coordinación
técnica
y
seguimiento
del
Instituto
Nacional
de
Defensa
Civil
(INDECI)
y
la
participación
del
Ministerio
de
Salud,
Ministerio
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego,
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social,
Ministerio
del
Interior,
Ministerio
de
Defensa,
y
demás
instituciones
públicas
y
privadas
involucradas,
ejecutarán
las
medidas
y
acciones
de
excepción,
inmediatas
y
necesarias
de
reducción
del
Muy
Alto
Riesgo
existente,
así
como
de
respuesta
y
rehabilitación
que
correspondan.
Dichas
acciones
deberán
tener
nexo
directo
de
causalidad
entre
las
intervenciones
y
el
evento,
y
podrán
ser
modificadas
de
acuerdo
a
las
necesidades
y
elementos
de
seguridad
que
se
vayan
presentando
durante
su
ejecución,
sustentadas
en
los
estudios
técnicos
de
las
entidades
competentes.
CONGRESO
REptinucA
4IZABETH
SARA
MEDINA
HERMOSILLA
Congresista
de
la
Reoüblica
A5o
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Naclonar
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
DECLARA
EL
ESTADO
DE
EMERGENCIA
A
LAS
ZONAS
ALTO
ANDINASDEL
DEPARTAMENTO
DE
HUÁNUCO,
POR
PELIGRO
INMINENTE
ANTE
DÉFICIT
HÍDRICO
Y
PROMOVER
DESDE
EL
PODER
EJECUTIVO
EL
TRABAJO
GANADERO
Y
AGRICOLA
Los
Congresistas
miembros
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
Bloque
Magisterial,
a
iniciativa
de
la
Congresista
Elizabeth
Sara
Medina
Hermosilla,
y
demás
Congresistas
firmantes,
ejerciendo
el
derecho
que
confiere
los
artículos
102
inciso
1)
y
107°
de
la
así
como
el
numeral
2
del
artículo
76°
del
presenta
el
siguiente
proyecto
de
Ley.
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
Republica
ha
dado
la
presente
Ley
LEY
QUE
DECLARA
EL
ESTADO
DE
EMERGENCIA
A
LAS
ZONAS
ALTOANDINAS
DEL
DEPARTAMENTO
DE
HUÁNUCO,
POR
PELIGRO
INMINENTE
ANTE
DÉFICIT
HÍDRICO
Y
PROMOVER
DESDE
EL
EJECUTIVO
EL
TRABAJO
GANADERO
Y
AGRICOLA.
ARTICULO
1
°
.
OBJETO
DE
LA
LEY
Declarar
el
Estado
de
Emergencia
a
las
zonas
alto
andinas
de
la
Región
de
Huánuco,
por
peligro
inminente
ante
déficit
hídrico
y
promover
desde
el
Poder
Ejecutivo
el
trabajo
ganadero
y
agrícola,
por
el
plazo
de
sesenta
(60)
días
calendario,
para
la
ejecución
de
medidas
y
acciones
de
excepción,
inmediatas
y
necesarias
de
reducción
del
Muy
Alto
Riesgo
existente,
así
como
de
respuesta
y
rehabilitación
que
correspondan.
ARTICULO
2°.
ACCIONES
A
EJECUTAR
El
Gobierno
Regional
de
Huánuco
y
los
gobiernos
locales
comprendidos,
con
la
coordinación
técnica
y
seguimiento
del
Instituto
Nacional
de
Defensa
Civil
(INDECI)
y
la
participación
del
Ministerio
de
Salud,
Ministerio
de
Desarrollo
Agrario
y
Riego,
Ministerio
de
Desarrollo
e
Inclusión
Social,
Ministerio
del
Interior,
Ministerio
de
Defensa,
y
demás
instituciones
públicas
y
privadas
involucradas,
ejecutarán
las
medidas
y
acciones
de
excepción,
inmediatas
y
necesarias
de
reducción
del
Muy
Alto
Riesgo
existente,
así
como
de
respuesta
y
rehabilitación
que
correspondan.
Dichas
acciones
deberán
tener
nexo
directo
de
causalidad
entre
las
intervenciones
y
el
evento,
y
podrán
ser
modificadas
de
acuerdo
a
las
necesidades
y
elementos
de
seguridad
que
se
vayan
presentando
durante
su
ejecución,
sustentadas
en
los
estudios
técnicos
de
las
entidades
competentes.

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