Proyecto de Ley Nº 03778/2022-CR, Ley de fortalecimiento de la asociación de fondos contra accidentes de tránsito, afocat

Número de Iniciativa03778/2022-CR
Fecha de registro14 Diciembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAragón Carreño, Luis Ángel,Alva Prieto, María del Carmen,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Flores Ancachi, Jorge Luis,Mori Celis, Juan Carlos,Soto Palacios, Wilson,Paredes Fonseca, Karol Ivett
ProponenteCongreso
EstatusOrden del Día
Proyecto
de
Ley
3
7
7-3/2a12-
Ce..
CONg
u
RESO
REPÚBUCA
..1141.000.11.4•117.42
.
REPUt
14
DIC.
2022
REC
11)0
Hora
/6!5_
LUIS
ANGEL
ARAGÓN
CARREÑO
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia
LEY
DE
FORTALECIMIENTO
DE
LAS
ASOCIACIÓN
DE
FONDOS
CONTRA
ACCIDENTES
DE
TRÁNSITO,
AFOCAT
Los
Congresistas
de
la
Republica
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
de
Acción
Popular
que
suscriben;
a
iniciativa
de
la
señor
Congresista
Luis
Ángel
Aragón
Carreño,
ejercen
su
derecho
de
iniciativa
legislativa
conferido
en
los
artículos
102°
inciso
1)
y
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú;
y
conforme
a
los
artículos
y
del
76°
numeral
2
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
el
siguiente:
FORMULA
LEGAL;
LEY
DE
FORTALECIMIENTO
DE
LAS
ASOCIACIÓN
DE
FONDOS
CONTRA
ACCIDENTES
DE
TRÁNSITO,
AFOCAT
Artículo
1.
Objeto
de
la
presente
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto,
establecer
las
normas
del
funcionamiento
de
los
Fondos
Regionales
y
Provinciales
contra
Accidentes
de
Tránsito,
-
AFOCAT
normando
su
naturaleza,
características,
finalidad,
requisitos
de
acceso,
sanciones
y
la
correcta
aplicación
del
Registro
de
las
Asociaciones
de
Fondos
Regionales
y
provinciales
contra
Accidentes
de
Tránsito
(AFOCAT).
Artículo
2.
De
la
Finalidad
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
precisar
las
normas
pertinentes
a
fin
de
normar
la
correcta
aplicación,
funcionamiento,
sanción
y
extinción
de
las
Asociaciones
de
Fondos
Regionales
y
provinciales
contra
Accidentes
de
Tránsito
AFOCAT.
Artículo
3.
Definiciones
a)
AFOCAT.-
La
Asociación
de
Fondos
Regionales
o
Provinciales
contra
Accidentes
de
Tránsito,
es
una
persona
de
naturaleza
jurídica
privada
constituida
como
asociación
conforme
al
Código
Civil
y
conformada
por
personas
naturales
y/o
jurídicas.
b)
Siniestro.-
corresponde
a
una
persona
afectada
(víctima)
que
accede
a
las
coberturas
del
CAT
por
un
evento
determinado.
c)
Aporte
al
Fondo
de
Compensación.-
Porcentaje
del
aporte
anual
que
debe
transferir
la
AFOCAT
en
cumplimiento
de
lo
establecido
en
Reglamento
del
Fondo
de
Compensación
del
Seguro
Obligatorio
de
Accidentes
de
Tránsito
y
del
Certificado
contra
Accidentes
de
Tránsito,
aprobado
por
el
Decreto
Supremo
024-2004-MTC
y
sus
normas
modificatorias.
d)
Aporte
de
Riesgo.-
Costo
de
la
cobertura,
que
considera
un
margen
de
seguridad
y
cuyo
objetivo
es
cubrir
los
beneficios
e
indemnizaciones
del
certificado
contra
accidentes
de
tránsito
(CAT).
e)
CAT.-
Certificado
contra
Accidentes
de
Tránsito
expedido
por
la
AFOCAT.
1

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