Proyecto de Ley Nº 03761/2022-CR, Ley que articula y regula la práctica de la medicina alternativa complementaria e integrativa y tradicional al sistema nacional de educación y salud

Número de Iniciativa03761/2022-CR
Fecha de registro12 Diciembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaCiccia Vásquez, Miguel Ángel,Montoya Manrique, Jorge Carlos,Cueto Aservi, José Ernesto,Muñante Barrios, Alejandro,Zeballos Aponte, Jorge Arturo,Padilla Romero, Javier Rommel
ProponenteCongreso
EstatusDictamen
Proyecto
de
ley
'31
"/2022
-
c
2_
e: :II
CONGRESO
REPÚBLICA
-----
CONGRESO
DE
LA
Area
12
DEC,
2022
REC IDO
ora
GRUPO
PARLAMENTARIO
RENOVACIÓN
POPU
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ARTICULA
Y
REGULA
LA
PRÁCTICA
DE
LA
MEDICINA
ALTERNATIVA
COMPLEMENTARIA
E
INTEGRATIVA
Y
TRADICIONAL
AL
SISTEMA
DE
EDUCACIÓN
Y
SALUD
El
Congresista
de
la
República
MIGUEL
ÁNGEL
CICCIA
VÁSQUEZ,
integrante
del
GRUPO
PARLAMENTARIO
RENOVACIÓN
POPULAR,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
en
cumplimiento
de
lo
establecido
en
el
artículo
75°
y
numeral
2
del
artículo
76°
del
formula
la
siguiente
propuesta
legislativa:
I.
FORMULA
LEGAL
LEY
QUE
ARTICULA
Y
REGULA
LA
PRÁCTICA
DE
LA
MEDICINA
ALTERNATIVA
COMPLEMENTARIA
E
INTEGRATIVA
Y
TRADICIONAL
AL
SISTEMA
NACIONAL
DE
EDUCACIÓN
Y
SALUD
Artículo
1
0
.-
Objetivo
y
fines
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
como
objeto
normar,
supervisar
y
articular
la
práctica
y
el
ejercicio
de
la
Medicina Alternativa
Complementaria,
Integrativa
y
Tradicional
en
entidades
públicas
en
todo
el
territorio
nacional
según
sus
niveles
de
atención,
con
el
fin
de:
1.1
Crear
un
sistema
preventivo
y
curativo
que
permita
a
los
profesionales
de
salud
prevenir
y/o
solucionar
enfermedades
crónicas:
mentales;
autismo,
ansiedad,
depresión,
pánico,
esquizofrenia
y
orgánicas;
asma,
artritis,
artrosis,
gastritis,
alergias,
psoriasis,
cirrosis,
insuficiencia
renal
y
otras
dolencias
más,
como
cáncer
de
cerebro,
mama,
próstata,
útero,
enfermedades
donde
la
medicina
alopática
o
convencional
reduce
dolor
o
síntomas
y
algunas
sin
llegar
a
curarlas,
pero
que
aunando
el
apoyo
del
conocimiento
de
la
Medicina
Alternativa
Complementaria
e
Integrativa
se
podrán
resolver
en
mejor
forma.
1.2.
Diseñar
un
sistema
de
salud
integrado;
instruyendo
desde
profesionales
de
salud,
hasta
agentes
de
la
medicina
tradicional
favoreciendo
también
a
poblaciones
marginadas;
que,
por
su
distancia,
o
escasos
recursos
necesitan
de
un
sistema
de
salud
preventivo
y
curativo
basado
en
nutrición
regeneradora
(psicológica,
orgánica
y
dental),
productos
naturales
de
bajo
coste
y
de
fácil
acceso.
Produciendo
un
nivel
mejor
de
salud
que
sea
la
base
de
un
mayor
desarrollo;
social
y
económico,
evitando
desnutrición,
anemia
infantil
y
anemia
en
gestantes.
1.3.
Establecer
que
se
implemente
el
área
de
medicina
alternativa
complementaria
e
Integrativa,
que
se
articulará
con
la
medicina
tradicional,
en
las
instituciones
públicas
de
salud
hasta
en
los
puestos
de
salud
de
los
agentes
tradicionales,
con
infraestructura
adecuada
para
tal
fin
como;
computadoras,
aparatos
de
diagnóstico;
Dermatrón
(evaluación
electrónica
de
órganos)
Radiología
dental
(dientes)
y
sistemas
de
tratamientos
específicos
(Agujas
de
acupuntura,
aparatos
de
estimulación
de
baja
1
CON9RESO
REPÚBLICA
GRUPO
PARLAMENTARIO
RENOVACI
N
POPULAR
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
frecuencia
y
otros),
así
como
plantas
medicinales,
homeopatía
y
vitaminas,
a
fin
de
brindar
a
la
población;
prevención,
recuperación
y
rehabilitación
en
la
enfermedad.
1.4.
Propiciar
la
difusión
de
conocimientos
mutuos
con
los
agentes
de
la
medicina
tradicional
a
fin
de
brindar
una
atención
con
enfoque
intercultural
según
su
nivel
de
atención
acorde
con
las
necesidades
de
los
pueblos
a
los
cuales
pertenezcan.
Artículo
2°.-
Definiciones
de
los
especialistas
dentro
de
la
Medicina
Alternativa,
Complementaria
Integrativa
y
Tradicional
2.1.
Medicina
Alternativa,
Complementaria
e
integrativa:
Es
un
tipo
de
Medicina
en
la
que
se
integra
la
mente,
el
cuerpo,
los
dientes
y
el
espíritu,
donde
también
influye
el
entorno
social
y
el
ambiente
en
el
que
se
desarrolla
el
ser,
siendo
el
sistema
idóneo
para
entender
al
ser
humano
y
tratarlo
con
sistemas,
terapias
y
prácticas
que
no
forman
parte
de
la
medicina
alopática
convencional
u
occidental,
pero
de
la
propia
medicina
tradicional
del
país,
así
como
de
otras
medicinas
tradicionales
del
mundo.
Y
que
pueden
ser
utilizadas
en
forma
independiente
a
la
medicina
alopática
convencional
o
conjuntamente
con
ella
y
que
busca
el
bienestar
psicológico,
social,
biológico
y
espiritual
de
la
persona,
su
entorno
familiar
y
su
comunidad.
Es
también
denominada
medicina
natural,
medicina
alternativa,
medicina
complementaria,
medicina
integrativa,
o
medicina
integral.
2.2.
Profesional
o
Tecnólogo
de
Medicina
Alternativa,
Complementaria
e
Integrativa:
Es
el
profesional
de
salud;
médico,
psicólogo,
obstetra,
odontólogo,
tecnólogo
médico,
enfermera,
químico
farmacéutico,
que
por
sus
estudios
y
experiencia
demuestra
estar
capacitado
a
un
nivel
o
grado,
con
estudios
de
cursos,
diplomados,
maestrías
o
post
grados,
o
residencia
de
especialidad
en
diagnóstico
y
terapias
de
medicina
alternativa,
complementaria
e
integrativa
en
el
país
o
en
el
extranjero,
o
sean
tecnólogos
con
cursos
básicos
o
por
la
experiencia,
cuyos
conocimientos
se
hayan
debidamente
refrendados
por
la
Sociedad
Peruana
de
Medicina
Alternativa
y
Complementaria
(Spemac),
o
de
alguna
institución
reconocida
por
el
Ministerio
de
Educación
y
acreditado
ante
el
Centro
Nacional
de
Salud
Intercultural
a
través
de
la
Dirección
Ejecutiva
de
Medicina
Alternativa
y
Complementaria
y
registrado
en
la
Superintendencia
nacional
de
educación
universitaria
Sunedu.
2.3.
Agente
Tradicional
o
Agente
de
la
Medicina
Tradicional:
Es
la
persona
que
por
sus
estudios
o
por
su
experiencia
demuestra
estar
capacitada
con
un
nivel
o
grado,
en
tratar
dolencias
en
su
grupo
intercultural.
A
cuyas
personas
se
les
dará
cursos
básicos
de
conocimientos
de
la
medicina
alopática,
como
también
cursos
básicos
de
conocimientos
y
terapias
de
medicina
alternativa,
complementaria
e
integrativa,
así
como
también
recibir
la
información
de
sus
investigaciones
o
experiencias
para
comprobarlas
y
usarlas
de
ser
necesarias.
Artículo
3°.-
De
la
implementación,
de
infraestructura
del
diagnóstico
y
del
tratamiento
y
los
tiempos
de
atención
en
Medicina
Alternativa,
Complementaria
e
Integrativa
y
Tradicional.
2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR