Proyecto de Ley Nº 03745/2022-CR, Ley que modifica la ley 29973, ley general de la persona con discapacidad, a fin de fortalecer los derechos civiles y políticos de las personas con discapacidad

Número de Iniciativa03745/2022-CR
Fecha de registro06 Diciembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaFlores Ancachi, Jorge Luis,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Arriola Tueros, José Alberto,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Soto Palacios, Wilson,Monteza Facho, Silvia María,Doroteo Carbajo, Raúl Felipe,Aragón Carreño, Luis Ángel
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
ley
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CONGRESO
REPÚBLICA
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LEY
QUE
FORTALECE
LOS
DERECHOS
CIVILES
Y
POLITICOS
DE
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD.
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El
Congresista
de
la
República
JORGE
LUIS
FLORES
ANCACHI
y
los
Congresistas
que
rubrican
el
presente
documento,
en
ejercicio
de
sus
facultades
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso,
presenta
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
FORMULA
LEGAL:
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
N°29973,
A
FIN
DE
FORTALECER
LOS
DERECHOS
CIVILES
Y
POLITICOS
DE
LAS
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD..-
--
ARTICULO
UNICO.
-
Modificación
de
la
Ley
N°29973,
Modifíquese
los
artículos
7,8,9,10,11
y
12,
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
7.
Derecho
a
la
vida
y
a
la
integridad
personal
La
persona
con
discapacidad
tiene
derecho
en
condiciones
de
equidad
e
igualdad,
a
la
vida
y
al
respeto
de
su
integridad
moral,
física
y
mental.
Su
participación
en
investigaciones
médicas
o
científicas
requiere
de
su
consentimiento
libre
e
informado.
Artículo
8.
Derecho
a
la
igualdad
y
no
discriminación
8.1
La
persona
con
discapacidad
tiene
derecho
a
la
igualdad
ante
la
Ley
y
a
no
ser
discriminada
por
motivos
de
discapacidad.
8.2
Es
nulo
todo
acto
discriminatorio
por
motivos
de
discapacidad
que
afecte
los
derechos
de
las
personas.
Se
considera
acto
discriminatorio
a
toda
distinción,
exclusión
o
restricción
por
motivos
de
discapacidad
que
tenga
el
propósito
o
el
efecto
de
obstaculizar
o
dejar
sin
efecto
el
reconocimiento,
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Jr.H.ial;agaN
35.8.
Oficina
N'
306.
Congreso
de
la
República
Liinz
-Perú,
Tef.:
311-1777
ANEXO
7222
Tef.
01
3117222
¡un,
_
CONGRESO
REPÚBLICA
goce
o
ejercicio,
en
condiciones
de
equidad
e
igualdad,
de
uno
o
varios
derechos,
incluida
la
denegación
de
ajustes
razonables.
No
se
consideran
discriminatorias
las
medidas
positivas
encaminadas
a
alcanzar
la
igualdad
de
hecho
de
la
persona
con
discapacidad.
Artículo
9.
Igual
reconocimiento
como
persona
ante
la
ley
9.1
La
persona
con
discapacidad
tiene
capacidad
jurídica
en
todos
los
aspectos
de
la
vida,
en
igualdad
de
condiciones
que
las
demás.
El
regula
los
sistemas
de
apoyo
y
los
ajustes
razonables
que
requieran
para
la
toma
de
decisiones.
9.2
El
Estado
garantiza
el
derecho
de
la
persona
con
discapacidad
a
la
propiedad,
a
la
herencia,
a
contratar
libremente
ya
acceder
en
condiciones
de
equidad
e
igualdad,
a
seguros,
préstamos
bancarios,
hipotecas
y
otras
modalidades
de
crédito
financiero.
Asimismo,
garantiza
su
derecho
a
contraer
matrimonio
ya
decidir
libremente
sobre
el
ejercicio
de
su
sexualidad
y
su
fertilidad.
Artículo
10.
Derecho
a
la
libertad
y
seguridad
personal
La
persona
con
discapacidad
tiene
derecho,
en
condiciones
de
equidad
e
igualdad,
a
la
libertad
y
seguridad
personal.
Nadie
puede
ser
privado
de
su
libertad
en
razón
de
discapacidad.
Artículo
11.
Derecho
a
vivir
de
forma
independiente
y
a
ser
incluida
en
la
comunidad
11.1
La
persona
con
discapacidad
tiene
derecho
a
vivir
de
forma
independiente
en
la
comunidad,
en
condiciones
de
equidad
e
igualdad.
El
Estado,
a
través
de
los
distintos
sectores
y
niveles
de
gobierno,
promueve
su
acceso
a
servicios
de
asistencia
domiciliaria,
residencial
y
otros
servicios
de
apoyo
ajustados
y
personalizados
para
facilitar
su
inclusión
social
y
evitar
su
aislamiento
y
abandono.
11.2
Los
establecimientos
que
prestan
atención
a
las
personas
con
discapacidad
promueven
y
facilitan
su
inclusión
familiar
y
social.
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1
ccIgreso.gob.pe
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Jr.
H.ialíaga
N
358.
Oficina
N'
306.
Congreso
de
la
República
Linz
-Perú.
Tef,:
311-7777
ANEXO
7222
Tot.
01
3117222

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