Proyecto de Ley Nº 03711/2022-CR, Ley de reforma constitucional que prohibe el nepotismo electoral y la reelección encubierta
Número de Iniciativa | 03711/2022-CR |
Fecha de registro | 30 Noviembre 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Paredes Piqué, Susel Ana María,Zeballos Madariaga, Carlos Javier,Alcarraz Agüero, Yorel Kira,Alva Rojas, Carlos Enrique,Zea Choquechambi, Oscar |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
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PROYECTO
DE
LEY
N°.
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Los
y
las
congresistas
de
la
República
que
suscriben
-miembros
de
la
bancada
Integridad
y
Desarrollo-
a
iniciativa
de
la
congresista
SUSEL
ANA
MARIA
PAREDES
PIQUÉ,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
22°
inciso
c),
67,
75
y
76
del
propone
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
DE
REFORMA
CONSTITUCIONAL
QUE
PROHIBE
EL
NEPOTISMO
ELECTORAL
Y
LA
REELECCIÓN
ENCUBIERTA
Articulo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
prohibir
el
nepotismo
electoral
y
toda
forma
de
reelección
encubierta
en
los
procesos
de
elección
popular
a
nivel
nacional,
regional
y
local,
Artículo
2,-
Incorpórese
los
artículos
34-B
y
34-C
a
la
Perú:
Se
incorporan
los
artículos
34-8°
y
34-C
a
la
Perú.
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
34-B.
Están
impedidos
de
postular
a
cargos
de
elección
popular
los
parientes
hasta
el
cuarto
grado
de
consanguinidad,
segundo
de
afinidad
y
cónyuges
de
quienes
ocupen
cargos
directivos
en
la
organización
política
en
cuya
representación
aquellos
pretendan
postular.
La
misma
prohibición
se
aplica
en
el
caso
de
convivientes,
uniones
de
hecho
y
progenitores
de
sus
'Artículo
34-C.
Están
impedidos
de
postular
al
mismo
cargo
de
elección
popular
les
parientes
hasta
el
cuarto
grado
de
consanguinidad,
segundo
de
afinidad
y
cónyuges
del
presidente,
congresistas,
parlamentarios
andinos,
gobernadores
regionales
y
alcaldes
en
ejercicio.
Esta
misma
prohibición
se
aplica
en
el
caso
de
convívientes,
uniones
de
hecho
y
progenitores
de
sus
hijos.
En
el
caso
de
parientes
por
consanguinidad
y
afinidad,
tal
prohibición
aplica
a
quienes
postulen
por
la
misma
organización
política,
auncue
esta
cambie d
inación,
u
organizaciones
políticas
pertenecientes
a
la
alianza
electoral
por
la
que
las
autoridades
en
ejercicio."
Lima,
29
de
noviembre
de
2022
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