Proyecto de Ley Nº 03584/2022-CR, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública, la creación de la asociación de comunidades nativas encargada de cuidar y preservar la infraestructura del oleoducto norperuano

Número de Iniciativa03584/2022-CR
Fecha de registro18 Noviembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMontalvo Cubas, Segundo Toribio,Robles Araujo, Silvana Emperatriz,Palacios Huamán, Margot,Cruz Mamani, Flavio,Quispe Mamani, Wilson Rusbel,Gonza Castillo, Américo,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Pariona Sinche, Alfredo
ProponenteCongreso
EstatusDictamen
Proyecto
de
Ley
N°...3
5
.59
2-02
2
-
R
rrixtr
7411,
-; .
e
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Area
de
Trámite
y
Digrtaiizanor
de
Documentos
18
NOV.
022
RECI
IDO
Firma
HoraDi
,
MONTALVO
CUBAS
SEGUNDO
TORIBIO
cenit
de
Fa"
lualdad
de
OporUmiddes
para
'iri¿jerls
y
üenibriI'
l
"AB°
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional'
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PÚBLICA,
LA
CREACIÓN
DE
LA
ASOCIACIÓN
DE
COMUNIDADES
NATIVAS
ENCARGADA
DE
CUIDAR
Y
PRESERVAR
LA
INFRAESTRUCTURA
DEL
OLEODUCTO
NORPERUANO.
Los
congresistas
de
la
República
que
suscriben,
miembros
del
Grupo
Parlamentario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
Congresista
SEGUNDO
TORIBIO
MONTALVO
CUBAS
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
articulo
107°
de
la
y,
en
concordancia
con
los
artículos
22°,
inciso
c),
67,
75
y
76
del
presentan
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DECLARA
DE
INTERÉS
NACIONAL
Y
NECESIDAD
PÚBLICA,
LA
CREACIÓN
DE
LA
ASOCIACIÓN
DE
COMUNIDADES
NATIVAS
ENCARGADA
DE
CUIDAR
Y
PRESERVAR
LA
INFRAESTRUCTURA
DEL
OLEODUCTO
NORPERUANO.
Artículo
1
Objeto
de
la
Ley
El
objeto
de
la
presente
ley
es
declarar
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
creación
de
la
Asociación
de
Comunidades
Nativas,
encargada
de
Cuidar
y
Preservar
el
Oleoducto
Norperuano,
la
misma
que
tendrá
como
sede
central
el
distrito
de
Bagua
Grande,
provincia
de
Utcubamba,
departamento
de
Amazonas,
donde
se
ubica
la
estación
6,
en
las
inmediaciones
del
caserío
Kuzu
Grande
(distrito
de
!maza,
provincia
de
Bagua,
región
Amazonas),
en
el
kilómetro
418
del
ONP,
Desde
este
punto,
se
mantiene
la
dirección
suroeste
hasta
la
Estación
7.
www.
con
r
o
°hipe
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
—Av.
Abancay
esq.
ir.
Ancash
e-mail:
smontalvo@congreso.gob.pe
Central
Telefónica;
311-7777
; ;
CONGRESO
REPÚBLICA
MONTALVO
CUBAS
SEGUNDO
TORIBIO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional'
Artículo
2.
Finalidad
de
la
Ley
La
finalidad
de
la
presente
ley
es:
a)
Crear
la
Asociación
de
Comunidades
Nativas,
como
entidad
encargada
de
cuidar
y
preservar
la
infraestructura
del
Oleoducto
Norperuano,
otorgándoles
a
las
mismas
responsabilidades
respecto
del
cuidado
y
preservación
del
mismo,
por
cuyo
territorio
lo
atraviesa,
proporcionándole
a
su
población,
empleo
remunerado,
derivado
del
cuidado,
mantenimiento
y
limpieza
permanente
del
oleoducto
norperuano,
debiendo
rendir
cuentas
e
informes
mensuales
de
sus
actividades
desarrolladas.
b)
Entablar,
fomentar
y
fortalecer
relaciones
de
reciprocidad,
así
como
lazos
de
amistad
y
cooperación
entre
las
comunicades
nativas
y
PETROPERÚ,
los
mismos
que
coadyuvarán
a
la
obtención
de
la
paz
entre
ambas
partes,
con
evidentes
cambios
en
la
situación
actual,
necesarios
para
la
convivencia
sana
y
pacífica
entre
ellos.
c)
Generar
trabajo
remunerado
en
favor
de
los
miembros
de
las
comunidades
nativas,
derivados
de
la
labor
por
cuidar
y
preservar
el
oleoducto
en
todas
las
estaciones
que
atraviesan
las
comunidades
nativas.
Mejorar
la
calidad
de
vida
de
los
nativos
de
las
zonas
aledañas
en
los
tramos
del
oleoducto
norperuano
y
generar
conciencia
y
responsabilidad
respecto
de
la
importancia
de
este
para
el
desarrollo
del
país.
e)
Fomentar
el
desarrollo
y
erradicar
la
pobreza
en
las
comunidades
nativas,
a
través
de
la
creación
de
esta
asociación.
Artículo
3.
Declaración
Declárase
de
interés
nacional
y
necesidad
pública
la
creación
de
la
Asociación
de
Comunidades
Nativas
Encargada
de
Cuidar
y
Preservar
la
Infraestructura
del
Oleoducto
Norperuano.
Artículo
4.
Creación
mesa
de
trabajo
Los
ministerios
de
Economía
y
Finanzas
(MEF),
de
Energía
y
Minas
(MINEM),
del
Ambiente
(MINAM),
de
Trabajo
y
Promoción
del
Empleo
(MTPE),
el
Gobierno
Regional
de
Amazonas,
las
Comisiones
de
Economía,
Banca,
Finanzas
e
Inteligencia
Financiera
y
Energía
y
Minas
del
Congreso
de
la
República
y,
la
Asociación
lnterétnica
de
Desarrollo
de
la
Selva
Peruana
(AIDESEP),
bajo
la
dirección
del
ministerio
de
Energía
y
Minas,
conformaran
una
mesa
de
trabajo
para
la
creación
de
la
Asociación
de
Comunidades
Nativas,
encargada
de
Cuidar
y
Preservar
la
Infraestructura
del
Oleoducto
Norperuano
y
establecer
lo
relativo
a
la
www.congreso.gob.pe
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
Av.
Abancay
esq.
Jr.
Ancash
e-mail:
srnontalvo@congreso.gob.pe
Central
Telefónica:
3114
7

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