Proyecto de Ley Nº 03557/2022-CR, Ley que modifica el decreto legislativo 635, código penal, a fin de enfrentar de manera integral la pesca ilegal

Número de Iniciativa03557/2022-CR
Fecha de registro15 Noviembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaVentura Ángel, Héctor José,Olivos Martínez, Vivian,Lizarzaburu Lizarzaburu, Juan Carlos Martin,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio,Alegría García, Arturo,Revilla Villanueva, César Manuel,Morante Figari, Jorge Alberto,Castillo Rivas, Eduardo Enrique
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
3
5
5
V2
022-
C
R
r'
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Lea
deT
,
Ifryte
y
DIcaizaocc
ce
Occurnerlgs
CONGRESO
-41
REPÚBLICA
Mi•MilO.11«10111.1.111
,
15
NOV
2022
ID
Hora
RECTOR
JOSÉ
VENTURA
ÁNGEL
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
635,
A
FIN
DE
ENFRENTAR
DE
MANERA
INTEGRAL
LA
PESCA
ILEGAL
Los(as)
corfgresistas
de
la
República
que
suscriben,
a
iniciativa
del
congresista
HÉCTOR
JOSÉ
VENTURA
ÁNGEL,
miembro
del
grupo
parlamentario
FUERZA
POPULAR,
en
ejercicio
del
derecho
a
la
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
22
inciso
c),
76,
75
y
76
del
proponen
el
proyecto
de
ley
Siguiente:
"El
congreso
de
la
República
ha
dado
la
siguiente
ley:
LEY
QUE
MODIFICA
EL
635,
A
FIN
DE
ENFRENTAR
DE
MANERA
INTEGRAL
LA
PESCA
ILEGAL
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
enfrentar
de
manera
integral
la
pesca
ilegal,
tipificado
como
delito
aquellas
conductas
que
ponen
en
riesgo
los
ecosistemas
acuáticos,
y
que
coadyuvan
a
la
comisión
del
delito
de
extracción
ilegal
de
especies
acuáticas,
tipificado
en
el
artículo
308-B
del
Artículo
2.-
Incorporación
del
artículo
308-E
en
el
Incorpórese
el
artículo
308-E
sobre
actos
preparatorios
de
la
pesca
ilegal
en
el
capítulo
2,
Delitos
contra
los
Recursos
Naturales
del
Título
XIII,
Delitos
Ambientales
del
promulgado
por
el
635,
bajo
los
siguientes
términos:
"Artículo
308-E.-
Actos
Preparatorios
de
la
Pesca
Ilegal
El
que,
infringiendo
las
leyes
y
reglamentos,
construye
una
embarcación
pesquera
durante
periodos
de
prohibición
o,
sin
contar
con
la
autorización
respectiva
de
la
autoridad
competente,
altera
o
modifica
una
embarcación
pesquera,
será
reprimido
con
pena
privativa
de
libertad
no
menor
de
tres
(3)
años
mayor
de
cinco
(5)
años
y
con
ciento
ochenta
a
cuatrocientos
días
-multa.
La
misma
pena,
será
aplicable
para
el
que
infringiendo
las
leyes
y/o
reglamentos,
almacena,
custodia,
facilita,
adquiere
o
transporta
una
embarcación
pesquera
que
no
cuente
con
certificado
válido
o
que
haya
sido
construida
durante
periodos
de
prohibición
o
sin
contar
con
autorización
o
haya
sido
modificada
sin
contar
con
la
autorización
respectiva.
La
misma
pena
será
aplicable
para
el
que
promueve
o
facilita
la
comisión
del
delito
de
extracción
ilegal
de
especies
acuáticas
mediante
el
fi
nanciamiento,
provisión
de
materiales,
equipos
o
maquinaria
para
la
construcción,
alteración
o
modificación
de
una
HVA/GSC
CC
Archivo
Email:
hventura@congreso.gob.pe
Edificio
José
Faustino
Sánchez
Carrion
Jirón
Azángaro
468,
Lima
Oficina
808

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