Proyecto de Ley Nº 03537/2022-CR, Ley que regula y organiza un eficiente funcionamiento del sistema nacional de residentado médico

Número de Iniciativa03537/2022-CR
Fecha de registro14 Noviembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaPortalatino Ávalos, Kelly Roxana,Cruz Mamani, Flavio,Gonza Castillo, Américo,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Taipe Coronado, María Elizabeth,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Robles Araujo, Silvana Emperatriz,Palacios Huamán, Margot
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
.353
V:
-
Proyecto
de
Ley
2022
CR
CONGRESISTA
KELLY
ROXANA
PORTALATINO
AVALOS
CONGRESO
DE
LA
REPUBLICA
Area
de
Trámite
y
Dgriakzaci
r
e
Docurrr;
1
4
NOV.
022
RECI
DO
Firma
Hora
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
REGULA
Y
ORGANIZA
UN
EFICIENTE
FUNCIONAMIENTO
DEL
SISTEMA
NACIONAL
DE
RESIDENTADO
MÉDICO
Los
congresist
de
la
República
quienes
suscriben,
a
iniciativa
de
la
congresista
KELLY
ROXA
A
PORTALATINO
ÁVALOS,
miembro
de
la
Bancada
Parlamentaria
PERÚ
LIBRE,
de
conformidad
con
lo
señalado
en
el
artículo
107
de
la
así
como
de
los
artículos
75
y
76
del
presenta
la
siguiente
fórmula
legal.
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
REGULA
Y
ORGANIZA
UN
EFICIENTE
FUNCIONAMIENTO
DEL
SISTEMA
NACIONAL
DE
RESIDENTADO
MÉDICO
Artículo
1.
-Objeto
La
presente
iniciativa
legislativa
tiene
por
objeto
establecer
un
marco
que
regule
y
organice
un
eficiente
funcionamiento
del
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico.
Artículo
2.-
Finalidad
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
regular
y
organizar
un
eficiente
funcionamiento
del
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico.
Artículo
3.-
Ámbito
de
aplicación
La
presente
ley
será
de
aplicación
para
todos
los
integrantes
que
forman
parte
del
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico.
Artículo
4.-
Definiciones
La
presente
ley
se
sustenta
fundamentalmente
en
los
siguientes
principios:
1.
Residentado
Médico.-
El
residentado
médico
es
una
modalidad
académica
de
capacitación
de
posgrado
con
estudios
universitarios
de
segunda
especialización
y
entrenamiento
presencial
e
intensivo
en
servicio
de
los
profesionales
de
medicina
humana,
bajo
la
modalidad
de
docencia
en
servicio,
con
el
objetivo
de
lograr
la
más
alta
capacitación
cognoscitiva
y
de
competencias
en
las
diferentes ramas
de
la
profesión,
con
los
mayores
niveles
de
calidad
y
de
acuerdo
a
las reales
necesidades
del
país
y
en
el
marco
de
las
políticas
nacionales
de
salud,
fijadas
por
el
Poder
Ejecutivo
y
Consejo
Nacional
de
Salud.
2.
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico.-
El
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico
(SINAREME)
es
el
conjunto
de
instituciones
universitarias
formadoras
e
instituciones
prestadoras
de
servicios
de
salud,
responsables
de
los
procesos
de
formación
de
médicos
especialistas.
3.
Consejo
Nacional
de
Residentado
Médico.-
El
Consejo
Nacional
de
Residentado
Médico
(CONAREME)
es
el
órgano
directivo
del
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico.
4.
El
Comité
Directivo
del
CONAREME.-
se
considera
el
órgano
ejecutivo
del
Consejo
Nacional
de
Residentado
Médico.
5.
Los
Consejos
Regionales
de
Residentado
Médico
-
COREREME.-
Son
instancias
de
articulación
regional
del
SINAREME,
encargados
de
la
implementación
en
cada
región,
dependiendo
funcional
y
administrativamente
del
CONAREME.
Se
constituyen
en
instancias
de
apelación
ante
las
decisiones
adoptadas
en
los
Comités
de
Sede
Docente
en
cada
región.
6.
Los
Comités
de
Sede
Docente.-
constituye
los
órganos
de
primera
instancia
del
SINAREME,
quienes
resuelven
controversias
provenidas
de
las
relaciones
académicas
asistenciales
entre
el
médico
residente
y
el
desarrollo
de
su
programa
de
formación.
Las
decisiones
en
esta
primera
instancia,
se
apelarán
ante
el
COREREME
de
la
región
al
que
pertenezca
el
Comité
de
Sede
Docente.
Artículo
5.-
Conformación
del
Sistema
Nacional
de
Residentado
Médico.
El
SINAREME
está
conformado
por:
1.
El
Ministerio
de
Salud.
2.
Las
Universidades
con
programas
de
segunda
especialización
en
medicina
humana.
3.
La
Asociación
Peruana
de
Facultades
de
Medicina
(ASPEFAM)
4.
Las
instituciones
prestadoras
de
servicios
de
salud:
Ministerio
de
Salud,
EsSalud,
sanidades
de
las
Fuerzas
Armadas
y
de
la
Policía
Nacional
del
Perú,
los
gobiernos
regionales
que
financien
vacantes
en
las
sedes
docentes
de
las
universidades
con
segunda
especialización
en
medicina
humana
en
su
ámbito
y
las
entidades
privadas
que
financien
y
se
constituyan
en
sedes
docentes
y
tengan
convenios
con
la
entidad
formadora
y
cumplan
con
los
requisitos
para
el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR