Proyecto de Ley Nº 03371/2022-CR, Ley que destina la recaudacion por concepto de multas por infracción al reglamento nacional de tránsito con el propósito de reducir los accidentes de tránsito

Número de Iniciativa03371/2022-CR
Fecha de registro20 Octubre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaJuárez Gallegos, Carmen Patricia,Olivos Martínez, Vivian,Moyano Delgado, Martha Lupe,Obando Morgan, Auristela Ana,Guerra García Campos, Hernando,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio,Chacón Trujillo, Nilza Merly
ProponenteCongreso
EstatusOrden del Día
Provecto
de
Ley
33
7
1/2
022
-
CR
a'
-
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Afea
te
T'Irme
Y
Dylaizapar
e
Docuremn
20
OCT
022
IDO
Hora/O:
4
'U
CARMEN
PATRICIA
JUÁREZ
GALLEGOS
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
DESTINA
LA
RECAUDACION
POR
CONCEPTO
DE
MULTAS
POR
INFRACCIÓN
AL
REGLAMENTO
NACIONAL
DE
TRÁNSITO
CON
EL
PROPOSITO
DE
REDUCIR
LOS
ACCIDENTES
DE
TRÁNSITO
La
congresista
de
la
República
que
suscribe,
CARMEN
PATRICIA
JUÁREZ
GALLEGOS,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Fuerza
Popular,
en
uso
de
las
atribuciones
que
confiere
el
artículo
107
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
en
observancia
de
lo
dispuesto
por
los
artículos
74,
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República;
propone
el
proyecto
de
ley
siguiente:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
DESTINA
LA
RECAUDACION
POR
CONCEPTO
DE
MULTAS
POR
INFRACCIÓN
AL
REGLAMENTO
NACIONAL
DE
TRÁNSITO
CON
EL
PROPOSITO
DE
REDUCIR
LOS
ACCIDENTES
DE
TRÁNSITO
Artículo
1.
Objeto
La
presente
ley
tiene
por
objeto
establecer
el
destino
de
los
recursos
generados
por
la
imposición
de
multas
por
infracciones
al
Reglamento
Nacional
de
Tránsito,
para
la
implementación
de
señalización
reglamentaria,
mejoramiento
de
vías,
planes
de
seguridad
vial
y
a
medios
tecnológicos
que
permitan
detectar
las
infracciones,
con
el
propósito
de
contribuir
a
la
reducción
de
accidentes
de
tránsito
a
nivel
nacional.
Artículo
2.
Destino
de
los
ingresos
generados
por
las
multas
de
tránsito
Los
ingresos
provenientes
de
las
multas
por
infracción
al
Reglamento
Nacional
de
Tránsito
deberán
ser
utilizados
para
la
implementación
de
las
siguientes
acciones:
a)
b)
C)
d)
e)
Señalización
reglamentaria
Mejoramiento
de
vías
Planes
de
seguridad
vial
Medios
tecnológicos
para
la
detección
de
infracciones
de
tránsito
Otros
que
contribuyan
directamente
al
objeto
de
la
presente
ley
Dichos
recursos
públicos,
bajo
responsabilidad
administrativa
y
penal
del
titular
de
la
municipalidad
recaudadora
y
de
los
funcionarios
responsables,
deben
ser
destinados
sólo
a
los
fines
que
se
establece
en
la
presente
ley.
Artículo
3.
Distribución
de
los
ingresos
La
distribución
de
los
recursos
generados
por
la
imposición
de
multas
por
infracción
al
Reglamento
Nacional
de
Tránsito,
será
distribuida
de
la
siguiente
forma:
1

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