Proyecto de Ley Nº 03321/2022-CR, Ley que modifica la ley 24447 a fin de que el concurso nacional de marinera sea organizado por el ministerio de cultura

Número de Iniciativa03321/2022-CR
Fecha de registro17 Octubre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAcuña Peralta, Segundo Héctor,Paredes Piqué, Susel Ana María,Alva Rojas, Carlos Enrique,Zeballos Madariaga, Carlos Javier
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
332J
¡
^2022-
ÚR
Fórmula
Legal
HECTOR
ACUÑA
PERALTA
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
24447
A
FIN
DE
QUE
EL
CONCURSO
NACIONAL
DE
MARINERA
SEA
ORGANIZADO
POR
EL
MINISTERIO
DE
CULTURA
'
Detenía
de
I»
igualdad
de
Oportunidad
para
Mujerei
y
Hambres
AAo
i
FertalKimtento
de
(a
Soberanía
Nacional"
*'**s^
X.»
C
ON
GRJESO
REFÚRLICA
C
ongreso
oe
la
república
Area
oe
T
amie
i
OigMiiaoor
oe
jocur
ei
ioa
1
7
OC/
2022
R
E
C
/
bi
o
o
Ritma
Haral^lUaJ
El
Grupo
Parlamentario
Integridad
&
Desarrollo,
a
iniciativa
del
congresista
HÉCTOR
Proyecto
de
Ley
N°.
Artículo
3,
Rendición
de
cuentas
,
a
.
En
un
plazo
no
mayor
de
sesenta
(60)
días,
contados
a
partir
de
la
culminación
del
Concurso
Nacional
de
La
Marinera,
la
comisión
organizadora,
destinada
para
tai
fin
en
el
Reglamento
de
la
presente
ley,
informa
sobre
los
resultados
económicos
obtenidos.
Página
1
de
12
ACUÑA
PERALTA,
en
uso
de
las
facultades
que
les
confiere
el
artículo
107
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
los
artículos
22.
literal
c),
75
y
76,
numeral
2
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
la
siguiente
iniciativa
legislativa;
Artículo
1
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
velar
por
el
deber
constitucional
del
Estado
de
proteger
los
bienes
culturales
que
constituyen
patrimonio
cultural
de
la
Nación;
para
tal
efecto,
se
dispone
que
el
Ministerio
de
Cultura
en
coordinación
con
el
Gobierno
Regional
de
La
Libertad
y
la
Municipalidad
Provincial
de
Trujillo
se
encarguen
de
la
organización
del
Concurso
Nacional
de
la
Marinera,
de
acuerdo
con
el
ámbito
de
sus
competencias.
Artículo
2
.-
Modificación
de
la
Ley
24447,
declara
la
ciudad
de
Trujillo
capital
nacional
de
la
Marinera
Se
modifica
los
artículos
2
y
3
de
la
Ley
24447,
en
ios
siguientes
términos:
Artículo
2.
El
Concurso
Nacional
de
Marinera
es
organizado
por
el
Ministerio
de
Cultura,
en
coordinación
con
el
Gobierno
Regional
de
La
Libertad
y
la
Municipalidad
Provincial
de
Trujillo;
se
realiza
anualmente,
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
el
Reglamento
de
la
presente
ley.
Artículo
3.
El
Ministerio
de
Cultura
y
el
Ministerio
de
Comercio
Exterior
y
Turismo,
en
coordinación
con
el
Gobierno
Regional
de
La
Libertad
y
la
Municipalidad
Provincial
de
Trujillo
realizan
las
acciones
necesarias
para
la
organización
del
Concurso
Nacional
de
Marinera.
Asimismo,
se
encargan
de
la
promoción
y
difusión
de
La
Marinera,
en
su
condición
de
expresión
del
folklore
nacional
y
patrimonio
cultural
de
la
Nación.
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
24447,
LEY
QUE
DECLARA
A
LA
CIUDAD
DE
TRUJILLO
CAPITAL
NACIONAL
DE
LA
MARINERA,
A
FIN
DE
DISPONER
QUE
EL
MINISTERIO
OE
CULTURA
ORGANICE
EL
CONCURSO
NACIONAL
DE
MARINERA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR