Proyecto de Ley Nº 03283/2022-PE, Ley que crea el programa impulso empresarial mype - impulso myperu

Número de Iniciativa03283/2022-PE
Fecha de registro12 Octubre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
ProponentePoder Ejecutivo
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
32a3/^O22-
P
e
Lima,
12
de
octubre
de
2022
-2022
-PR
320
Atentamente,
Sin
otro
particular,
hacemos
propicia
la
oportunidad
para
renovarle
los
sentimientos
de
nuestra
consideración.
Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres
Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional
Año
del
Bicentenarlo
del
Congreso
de
la
República
del
Perú
Señor
JOSÉ
DANIEL
WILLIAMS
ZAPATA
Presidente
del
Congreso
de
la
República
Congreso
de
la
República
Presente.
-
JOSÉ
PEDf^
CASTILLO
TERRONES
x^Prej.idente
de
la
República
ANÍBAL
TORRES
VÁSQUEZ
/
Presidente
del
ConsejcMedVTÍnistPOS
Tenemos
el
agrado
de
dirigirnos
a
usted,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
por
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú,
a
fin
de
someter
a
consideración
del
Congreso
de
la
República,
con
el
voto
aprobatorio
del
Consejo
de
Ministros,
el
Proyecto
de
Ley
que
crea
el
Programa
Impulso
Empresarial
MYPE
-
IMPULSO
MYPERU.
OFICIO
Proyecto
de
Ley
N®.
CONGRESO
06
LA
REPÚBLICA
Afea
de
Iwwe
j
OgCíiJoor
n
Oocurenos
1
2
0CU2022
R,EX
IM
I
DO
FirmaL.
_
h
»
h
^YS
Ley
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
POR
CUANTO:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
Artículo
1.
Objeto
Artículo
2.
Creación
del
Programa
Impulso
Empresarial
MYPE
2.2
La
Garantía
del
Gobierno
Nacional
a
que
se
refiere
el
numeral
precedente
cubre:
La
presente
ley
tiene
por
objeto
apoyar
el
proceso
de
recuperación
económica
y
crecimiento
de
las
micro
y
pequeñas
empresas
(MYPE)
e
impulsar
su
inclusión
financiera:
promoviendo
su
financiamiento
a
través
del
sistema
financiero;
así
como
fomentar
la
cultura
de
pago
a
través
del
otorgamiento
de
un
bono
al
buen
pagador
(BBP).
2.1
Créase
el
Programa
Impulso
Empresarial
MYPE
(IMPULSO
MYPERU)
con
el
objeto
de
apoyar
el
proceso
de
recuperación
económica
y
crecimiento
de
las
MYPE
a
través
del
b)
Los
créditos
que
otorgue
la
Corporación
Financiera
de
Desarrollo
S.A.
-
COFIDE
o
el
Banco
de
la
Nación,
en
el
marco
de
lo
establecido
en
la
Tercera
Disposición
Complementaria
Final
de
la
presente
norma,
a
las
ESF
o
COOPAC
para
financiar
los
créditos
a
las
MYPE
señalados
en
el
literal
anterior.
El
Reglamento
Operativo
de
IMPULSO
MYPERU
establece
las
condiciones
para
que
no
exista
duplicidad
de
cobertura
de
la
Garantía
en
caso
los
créditos
señalados
en
este
literal,
sean
utilizados
por
las
ESF
y
COOPAC
para
financiar
los
créditos
señalados
en
el
literal
a)
precedente.
LEY
QUE
CREA
EL
PROGRAMA
IMPULSO
EMPRESARIAL
MYPE
-
IMPULSO
MYPERU
e/
MEF
&
MEF
MEF
<2¡
MEF
a)
Los
créditos
elegibles
establecidos
en
el
artículo
5
de
la
presente
ley
otorgados
en
el
marco
de
IMPULSO
MYPERU
por
las
Empresas
del
Sistema
Financiero
(ESF)
o
Cooperativas
de
Ahorro
y
Crédito
No
Autorizadas
a
Captar
Recursos
del
Público
que
se
encuentren
en
el
Registro
Nacional
de
Cooperativas
de
Ahorro
y
Crédito
No
Autorizadas
a
Captar
Recursos
del
Público
a
cargo
de
la
Superintendencia
de
Banca,
Seguros
y
Administradoras
Privadas
de
Fondos
de
Pensiones
(COOPAC),
a
las
que
se
refiere
la
Ley
30822
y
la
Resolución
SBS
480-2019.
Firmado
Digitalmente
por
RAMSDEN
í
U
m
OS
Lisseth
Pilar
FAU
20131370645
Soft
Fecha:
10/10/2022
09:22:35
COT
Motivo:
Doy
V*
B*
Firmado
DIgitalmente
porCOBEÑAS
AQUINO
Pedro
Valentín
FAU
20131370645
soft
Fecha:
10/10/2022
10:43:16
COT
Motivo:
Doy
V
B
MEF
Firmado
Dii
MELGAREjC
Juan
Carlos
FAU
20131370645
soft
Fecha:
10/10/2022
18:52:52
COT
Motivo:
Doy
V
B*
Firmado
Digitalmente
por
ZACARIAS
CAMAC
Ands
Abel
FAU
20131370645
soft
Fecha:
09/10/2022
08:05:15
COT
Motivo:
Doy
V
B
g^
»torgamiento
de
una
Garantía
del
Gobierno
Nacional,
así
como
impulsar
su
inclusión
financiera
y
cultura
de
pago
a
través
del
otorgamiento
de
un
BBP.
Firmado
Digitalmente
por
SOTELO
BA2AN
Betty
Armida
FAU
20131370645
soft
Fecha:
10/10/2022
11:10:24
COT
Motivo:
Doy
V
B
Artículo
3.
Límite
de
la
garantía
de
IMPULSO
MYPERU
2.3
La
Garantía
del
Gobierno
Nacional
que
se
otorga
en
el
marco
de
IMPULSO
MYPERU,
se
canaliza
a
través
de
un
fideicomiso
que
otorgue
garantías
asociadas
a
los
créditos
otorgados
a
la
MYPE.
2.4
Las
garantías
de
IMPULSO
MYPERU
otorgadas
a
las
ESP
o
COOPAC
se
extinguen
automáticamente
en
el
caso
que
las
declaraciones
o
documentos
presentados
por
éstas
que
originaron
su
otorgamiento
resulten
falsos
o
inexactos,
siempre
que
dicha
información
o
documentación
sea
responsabilidad
de
las
ESP
o
las
COOPAC.
En
la
eventualidad
que
las
garantías
ya
hubiesen
sido
ejercidas
u
honradas,
los
montos
correspondientes
deben
ser
restituidos
por
la
ESP
o
la
COOPAC
de
acuerdo
con
las
condiciones
establecidas
en
el
Reglamento
Operativo
de
IMPULSO
MYPERU.
Los
gastos
derivados
de
la
ejecución
de
las
garantías
que
se
otorguen
para
el
IMPULSO
MYPERU,
son
pagados
por
el
fideicomiso.
El
Ministerio
de
Economía
y
Pinanzas
transfiere
a
éste
los
recursos
necesarios
con
cargo
a
los
recursos
asignados
al
pago
del
servicio
de
deuda
pública.
2.8
Por
Decreto
Supremo,
con
el
voto
aprobatorio
del
Consejo
de
Ministros,
refrendado
por
el
Presidente
del
Consejo
de
Ministros
y
el
Ministro
de
Economía
y
Pinanzas,
se
aprueba
el
otorgamiento
de
la
Garantía
del
Gobierno
Nacional,
en
los
términos
y
condiciones
que
establezca
el
Reglamento
Operativo
de
IMPULSO
MYPERU.
3.1
El
límite
de
garantía
individual
que
otorga
IMPULSO
MYPERU
a
los
créditos
otorgados
a
la
MYPE
en
moneda
nacional
por
las
ESP
o
COOPAC,
se
aplica
de
acuerdo
con
la
siguiente
cobertura:
2.6
La
aprobación
de
la
Garantía
del
Gobierno
Nacional
a
que
se
refiere
el
numeral
anterior,
está
fuera
de
los
montos
máximos
autorizados
en
el
numeral
3.2
del
artículo
3
de
la
Ley
31367,
Ley
de
Endeudamiento
del
Sector
Público
para
el
Año
Piscal
2022.
2.9
En
ejercicio
de
su
atribución
prevista
en
el
literal
I)
del
artículo
22
de
la
Ley
27785,
Ley
Orgánica
del
Sistema
Nacional
de
Control
y
de
la
Contraloría
General
de
la
República,
presentada
la
solicitud
de
informe
previo
con
la
información
correspondiente,
la
Contraloría
General
de
la
República
emite
su
informe
conforme
a
Ley.
2.5
Autorízase
al
Ministerio
de
Economía
y
Pinanzas,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Tesoro
Público,
a
otorgar
la
Garantía
del
Gobierno
Nacional
a
favor
de
IMPULSO
MYPERU
hasta
por
la
suma
de
S/
2
000
000
000,00
(DOS
MIL
MILLONES
Y
00/100
SOLES).
(2f
MEF
<3)
MEF
(2/
MEF
MEF
Firmado
Digitalmente
por
SOTELO
BAZAN
Betty
Armida
FAU
20131370645
Soft
Fecha:
10/10/2022
11:13:48
COT
Motivo:
Doy
V
B*
Firmado
DigItalmente
porCOBENAS
AQUINO
Pedro
Valentín
FAU
20131370645
SOft
Fecha:
10/10/2022
10:43:26
COT
Motivo:
Doy
V
B
MEF
Firmado
Digitalmente
por
RAMSDEN
lUMOS
Lisseth
Pilar
FAU
20131370645
Soft
Fecha:
10/10/2022
09:22:45
COT
Motivo:
DoyV
B
Firmado
Digitalmente
por
ZACARIAS
CAMAC
Andrés
Abel
FAU
20131370645
soft
Fecha:
09/10/2022
08:05:26
COT
Motivo:
Doy
V
B
2.7
El
honramiento
de
la
Garana
por
parte
del
Estado,
se
realiza
transcurridos
noventa
10)
días
calendario
de
atrasos
de
los
créditos
otorgados
por
la
ESP
o
la
COOPAC,
que
incluye
los
intereses.
Firmado
Digitalmente
por
MELGAREJO
CASTILLO
Juan
Carlos
FAU
20131370645
soft
Fecha:
10/10/2022
18:52:57
COT
Motivo:
Doy
V
B*

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