Proyecto de Ley Nº 03262/2022-CR, Ley que modifica el código de protección y defensa del consumidor, garantizando el derecho de pago del consumidor con tarjeta de débito de su elección

Número de Iniciativa03262/2022-CR
Fecha de registro10 Octubre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaUgarte Mamani, Jhakeline Katy,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Vásquez Vela, Lucinda,Tello Montes, Nivardo Edgar
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
O
2,2
o
PROYECTO
DE
LEY
www.conqreso.qob.pe
Artículo
3
.
-
Modifica
el
artículo
1
del
Título
I
de
la
Ley
29571,
Código
de
Protección
y
Defensa
del
Consumidor
Modificase
el
artículo
1
del
Título
I
de
la
Ley
29571,
Código
de
Protección
y
Defensa
del
Consumidor,
en
los
siguientes
términos:
LEY
QUE
MODIFICA
EL
CÓDIGO
DE
PROTECCIÓN
Y
DEFENSA
DEL
CONSUMIDOR,
GARANTIZANDO
EL
DERECHO
DE
PAGO
DEL
CONSUMIDOR
CON
TARJETA
DE
DÉBITO
DE
SU
ELECCIÓN
Artículo
1.-
Derechos
de
los
consumidores
1
.1
En
los
términos
establecidos
por
el
presente
Código,
los
consumidores
tienen
los
siguientes
derechos:
"Decenio
de
la
igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
"Año
del
Bicentenario
del
Congreso
de
la
República
del
Perú"
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa.
Av.
Abancay
151,
Cercado
de
Lima
Central
Telenica:
311-7777
Artículo
1
.
-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
el
artículo
1
del
Título
I
de
la
Ley
29571,
del
Código
de
Protección
y
Defensa
del
Consumidor,
para
incluir
como
derecho
del
consumidor,
la
facultad
de
realizar
el
pago
de
sus
deudas
a
través
de
los
aplicativos
digitales
o
web
con
tarjetas
de
débito
de
su
elección,
el
cual
no
debe
estar
afecto
al
cobro
de
comisiones
o
penalidades
de
ningún
tipo.
IIIAKELINE
KATY
UGARTE
MAMANI
Congresista
de
la
República
C3
CC
e
Artículo
2
.
-
Finalidad
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
la
defensa
del
legítimo
derecho
del
consumidor
de
elegir
libremente
el
modo
de
pago
sus
deudas
a
través
de
los
aplicativos
digitales
o
web,
sin
que
se
encuentre
sometido
a
cobro
de
comisiones
ni
a
conductas
coercitivas
que
afecten
sus
derechos.
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CON
G
RESO
REPÚBLICA
El
grupo
parlamentario
Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional,
a
iniciativa
legislativa
de
la
señora
congresista
de
la
República
JHAKELINE
KATY
UGARTE
MAMANI,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú,
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
7
y
7
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
propone
el
siguiente:
a.
Derecho
a
una
protección
eficaz
respecto
de
los
productos
y
servicios
que,
en
condiciones
normales
o
previsibles,
representen
riesgo
o
peligro
para
la
vida,
salud
e
integridad
física.
b.
Derecho
a
acceder
a
información
oportuna,
suficiente,
veraz
y
fácilmente
accesible,
relevante
para
tomar
una
decisión
o
realizar
una
elección
de
consumo
que
se
ajuste
a
sus
intereses,
así
como
para
efectuar
un
uso
o
consumo
adecuado
de
los
productos
o
servicios.
c.
Derecho
a
la
protección
de
sus
intereses
económicos
y
en
particular
contra
las
cláusulas
abusivas,
métodos
comerciales
coercitivos.
^^3
g

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