Proyecto de Ley Nº 03231/2022-CR, Ley que dignifica el trabajo de los promotores educativos comunitarios del perú

Número de Iniciativa03231/2022-CR
Fecha de registro06 Octubre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMedina Minaya, Esdras Ricardo,Saavedra Casternoque, Hitler,Jerí Oré, José Enrique
ProponenteCongreso
EstatusDictamen
FÓRMULA
LEGAL
I.
Artículo
1
.
Objeto
de
la
Ley
1
Artículo
3.
Periodo
remunerativo
Artículo
4.
Justificación
GRUPO
PARLAMENTARIO
SOMOS
PERÚ
Autorícese
otorgar
como
remuneración
mensual
el
50%
de
la
remuneración
íntegra
mensual
(RIM)
de
la
primera
escala
magisterial,
fijada
por
el
Gobierno
Nacional.
Asimismo,
se
incorpore
los
beneficios
laborales
y
sociales.
Reducir
la
brecha
salarial
que
se
visibiliza
en
la
labor
que
ejecuta
el
promotor
educativo
comunitario
de
los
programas
no
escolarizados.
El
periodo
remunerativo
al
que
será
beneficiado
los
promotores
educativos
comunitarios
ciclo
I
y
ciclo
II,
corresponderá
de
enero
a
diciembre
de
cada
año
escolar.
Artículo
2
.
Remuneración
de
los
promotores
educativos
comunitarios
ciclo
I
y
ciclo
II
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
dignificar
la
labor
del
promotor
educativo
comunitario
de
los
programas
no
escolarizados
de
educación
inicial
ciclo
I
y
ciclo
II,
con
la
finalidad
de
salvaguardar
la
competitividad
educativa,
y
optimizar
la
educación
inicial.
La
necesidad
y
la
exigencia
que
demanda
la
educación
de
nivel
inicial
para
obtener
calidad
y
competitividad
en
el
ciclo
I
y
ciclo
II
en
los
programas
no
escolarizados
son;
Edificio
José
Faustino
Sánchez
Carrión
Jr.
Azángaro
N°
468,
Oficina
707,
Lima
-
Perú
LEY
QUE
DIGNIFICA
EL
TRABAJO
DE
LOS
PROMOTORES
EDUCATIVOS
COMUNITARIOS
DEL
PERÚ
’’
323
4/2022-
cR
pi\3e0©cur«ra$
¿022
I
D
Q
Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres
Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional
Proyecto
de
Ley
N"
LEY
QUE
DIGNIFICA
EL
TRABAJO
DE
LOS
PROMOTORES
EDUCATIVOS
COMUNITARIOS
DEL
PERÚ
Promover
el
desarrollo
educativo
a
nivel
nacional
y
articular
mecanismos
que
coadyuven
a
la
mejora
progresiva
de
la
educación
inicial
en
el
ciclo
I
y
ciclo
II.
9
it&ruifiíyA
CONGRESO
DE
LA
REPUBLICA
ÁifiOeTTey!>g»»íej
06
OCI.
R
Firnm
Los
congresistas
c
3
la
República,
integrantes
del
grupo
parlamentario
SOMOS
PERÚ,
por
iniciativa
del
congresista
ESDRAS
RICARDO
MEDINA
MINAYA,
en
ejercicio
de
las
facultades
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Estado
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
la
siguiente
propuesta
legislativa:

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