Proyecto de Ley Nº 03137/2022-CR, Ley que incorpora a los líquidos utilizados por los vaporizadores al marco regulatorio del impuesto selectivo al consumo
Número de Iniciativa | 03137/2022-CR |
Fecha de registro | 22 Septiembre 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Moyano Delgado, Martha Lupe,Huamán Coronado, Raúl,Zeta Chunga, Cruz Maria,Revilla Villanueva, César Manuel,Alegría García, Arturo,Guerra García Campos, Hernando,Morante Figari, Jorge Alberto |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
3
J3'í
/2O22-CR
o
>vs.
Firiii
FÓRMULA
LEGAL
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
Artículo
61.
MODIFICACIÓN
DE
TASAS
0
MONTOS
FIJOS
(...)
1
Artículo
2.
Modificación
del
Texto
Único
Ordenado
de
la
Ley
del
Impuesto
General
a
las
Ventas
y
el
Impuesto
Selectivo
ai
Consumo
Los
Congresista
üe
la
República
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
Fuerza
Popular,
a
iniciativa
de
la
Congresista
MARTHA
LUPE
MOYANO
DELGADO,
en
el
ejercicio
de
las
facultades
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
los
artículos
22°
inciso
c)
y
74°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
LEY
QUE
INCORPORA
A
LOS
LÍQUIDOS
UTILIZADOS
POR
LOS
VAPORIZADORES
AL
MARCO
REGULATORIO
DEL
IMPUESTO
SELECTIVO
AL
CONSUMO
Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres
”
“
Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
MARTHA
LUPE
MOYANO
ÜELGADÓ
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
A
este
efecto
la
modificación
de
los
bienes
del
apéndice
3
sólo
puede
comprender
combustibles
fósiles
y
no
fósiles,
aceites
minerales
y
productos
de
su
destilación,
materias
bituminosas
y
ceras
minerales.
Por
su
parte,
la
modificación
de
los
bienes
del
Apéndice
IV
sólo
puede
comprender
bebidas,
líquidos
alcohólicos,
tabaco
y
sucedáneos
del
tabaco
elaborados,
vehículos
automóviles,
tractores
y
demás
vehículos
terrestres.
2.1
Modifícase
el
segundo
párrafo
del
artículo
61
del
Texto
Único
Ordenado
de
la
Ley
del
Impuesto
General
a
las
Ventas
e
Impuesto
Selectivo
al
Consumo,
aprobado
por
Decreto
Supremo
N9
055-99-EF,
normas
modificatorias,
por
el
siguiente
texto:
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
incorporar
a
las
soluciones
líquidas
que
se
utilizan
en
los
sistemas
electrónicos
de
administración
de
nicotina
y
sistemas
similares
sin
nicotina
(vaporizadores)
al
marco
regulatorio
y
aplicación
del
Impuesto
Selectivo
al
Consumo.
PROYECTO
DE
LEY
QUE
INCORPORA
A
LOS
LÍQUIDOS
UTILIZADOS
POR
LOS
VAPORIZADORES
AL
MARCO
REGULATORIO
DEL
IMPUESTO
SELECTIVO
AL
CONSUMO
Proyecto
de
Ley
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CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
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Documentos
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