Proyecto de Ley Nº 02375/2021-CR, Ley que autoriza el nombramiento, de asistentes de talleres y auxiliares contratados de institutos superiores públicos no universitario

Número de Iniciativa02375/2021-CR
Fecha de registro16 Junio 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaQuispe Mamani, Wilson Rusbel,Gonza Castillo, Américo,Bellido Ugarte, Guido,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Flores Ramírez, Alex Randu,Taipe Coronado, María Elizabeth
ProponenteCongreso
EstatusEN AGENDA DEL PLENO
Proyecto de Ley
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CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO DE
LA
EÚSLICA
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JU
,
2022
RECI
"Año de¡ Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
PROYECTO
DE LEY:
AUTORIZA
EL
NOMBRAMIENTO, DE ASISTENTES DE
TALLERES Y AUXILIARES CONTRATADOS
DE INSTITUTOS SUPERIORES PÚBLICOS NO
UNIVERSITARIO.
El grupo parlamentario "Perú Libre", a iniciativa de¡ Congresista de la República que
suscribe, Wilson Rusbel Quispe Mamani, en ejercicio de¡ derecho de iniciativa legislativa
que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política de¡ Perú, y de conformidad con
los artículos 75
y
76 de¡ Reglamento de¡ Congreso de la República, propone el siguiente
PROYECTO DE LEY.
FORMULA LEGAL
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la siguiente Ley:
LEY QUE AUTORIZA EL NOMBRAMIENTO, DE ASISTENTES DE TALLERES Y
AUXILIARES CONTRATADOS DE INSTITUTOS SUPERIORES PÚBLICOS NO
UNIVERSITARIO.
Artículo
1.
Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto autorizar el nombramiento excepcional de los Asistentes
de talleres y auxiliares
contratados en los Instituciones de Educación Superior
Tecnológicos públicas (IESTP), Institutos de Educación Superior Pedagógico(IESPP) y
Escuelas Superiores de Formación Artística Pública (ESFAP), contemplados en la Ley
30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, con la finalidad de
garantizar la calidad educativa, el mejoramiento continuo y permanente de la
enseñanza, y brindar su seguridad laboral a los asistentes de talleres y auxiliares.
Artículo 2. Nombramiento.
Autorizase, excepcionalmente a nombrar, a los asistentes de talleres y auxiliares de las
Instituciones de Educación Superior Tecnológicos Públicas (IESTP), Institutos de
Educación Superior Pedagógico (IESPP) y Escuelas Superiores de Formación Artística
Pública (ESFAP). Y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se
Firrndo digftlmnte
por:
POLES
ARAUJO
SILVANA
BvWERATRIZ FIR 47012 hrd
h,ttivo: Soy
el
autor
de¡
documento
Feh3: I6022 1:31:20-0500

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