Proyecto de Ley Nº 02322/2021-CR, Ley que reconoce a los partidos políticos como asociaciones de interés público y la no criminalización

Número de Iniciativa02322/2021-CR
Fecha de registro09 Junio 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaCerrón Rojas, Waldemar José,Gonza Castillo, Américo,Flores Ramírez, Alex Randu,Cruz Mamani, Flavio,Montalvo Cubas, Segundo Toribio,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Portalatino Ávalos, Kelly Roxana
EstatusRetiro de Firma
ProponenteCongreso
Proyecto de Ley
2
/
2
02 J
•.
rrv
CONGRESO
REPÚBLICA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Alio del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
PROYECTO DE LEY ..................................
09
PROYECTO DE LEY QUE RECONOCE A
R
LOS PARTIDOS POLITICOS COMO
qs
ASOCIACIONES DE INTERÉS PÚBLICO Y LA
NO CRIMINALIZACION.
El señor Congresista de la República que suscribe,
WALDEMAR JOSE CERRON
ROJAS,
integrante
del Grupo Parlamentario PERU LIBRE,
en ejercicio del
derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo lOT de la
Constitución Política del Estado y conforme lo establecen los artículos 22°,
literal o)
y
75
0
siguiente:
FORMULA LEGAL
El
Congreso de la Republica
Ha dado lo siguiente:
LEY QUE RECONOCE A LOS PARTIDOS POLITICOS COMO
ASOCIACIONES DE INTERÉS PUBLICO Y LA NO CRIMINALIZACION
Artículo 1.- Objeto de la ley
La presente ley tiene como objeto reconocer a los Partidos Políticos como
instituciones fundamentales para la participación política de la ciudadanía, base
del sistema democrático y asociaciones de interés público no criniinalizable.
Artículo 2.- Finalidad de la Ley
La finalidad de la Ley, es que no se criminalice a los Partidos Políticos, cuando
uno o varios de sus asociados y/o afiliados cometan delitos.
Artículo 3.- Individualización de las Responsabilidades penales cuando
un asociado y/o afiliado o grupo corneta delito(s).
Cuando uno o varios de los asociados y/o afiliados, cometan delitos contra la
vida, el cuerpo y la salud; el delito contra la libertad, el delito contra el
patrimonio, delitos contra la administración pública, delitos de lavado de activos,
delitos de trata de personas, delitos de tráfico ilícito de drogas, delitos de
minería ilegal entre otros, éstos deben ser individualizados a los autores y/o
cómplices y no responsabilizar a los partidos políticos como personas juridicas
de derecho privado cuyo objeto es participar por medios lícitos,
www.congreso.gob.pe
Av.
Abancay esq. Jr. Ancash, oficina 402
-
Lima

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR