Proyecto de Ley Nº 01975/2021-CR, Ley de reforma constitucional que modifica el artículo 12° de la constitución política del perú

Número de Iniciativa01975/2021-CR
Fecha de registro09 Mayo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaBellido Ugarte, Guido,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Flores Ramírez, Alex Randu,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Cerrón Rojas, Waldemar José
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
CONGRESO DE LA REPUBLICA
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MA
T'ame gaeDocue
PROYECTO
DE
REFORMA
C
CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA
EL ARTÍCULO 12° DE LA
RECIBIDO
s
PERÚ
Los
Congresistas que suscriben, miembros del Grupo Parlamentario Perú Libre,
a iniciativa del congresista
Guido Bellido Ugarte, en
ejercicio de iniciativa
legislativa que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y
conforme lo establecen los artículos 74, 75
y
76 del Reglamento del Congreso,
proponen el siguiente proyecto de ley.
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la siguiente ley:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 12°
Artículo 1. Objeto de la Ley
)
La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 12° de la Constitución
\
Política del Perú, con la finalidad de preservar el bienestar general y garantizar
la subsistencia de los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones y a las
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, frente a las contingencias
económicas por las cuales atraviesen los aportantes.
$rtículo 2. Modificación del artículo 12° de la Constitución Política del
e modifica el artículo 12° de la Constitución Política del Perú en los siguientes
!
ninos:
"Artículo 12.
fondos y
las reseas de la seguridad social son intangibles
exce)x4pn de los que corresponden a los aportes realizados
'
al
Sistema Nacional de Pensiones y a las Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones, en cuyo caso se puede devolver hasta la
í
-
mitad de/ monto total aportado, con e/ propósito de que los
aportantes afronten situaciones excepcionales que pongan en
iesgo su salud
o
subsistencia.
Los recursos se aplican en la form
!
bajo la responsabilidad que señala la ley."
Lima, 05 de mayo de
22
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