Proyecto de Ley Nº 01903/2021-CR, Ley modifica el código procesal civil para otorgar preferente atención en procesos judiciales a las personas gestantes adultas mayores, con discapacidad y con enfermedad terminal o grave
Número de Iniciativa | 01903/2021-CR |
Fecha de registro | 28 Abril 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2021 |
Autor de la iniciativa | Rivas Chacara, Janet Milagros,Cerrón Rojas, Waldemar José,Cruz Mamani, Flavio,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Tello Montes, Nivardo Edgar,Robles Araujo, Silvana Emperatriz,Portalatino Ávalos, Kelly Roxana |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
JANET MILAGROS RIVAS CHACARA
CONGRESO
REPÚBLICA
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
PROYECTO DE LEY N° ....................... . .... .
LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL
CIVIL PARA OTORGAR PREFERENTE
ATENCIÓN EN PROCESOS JUDICIALES A
LAS PERSONAS GESTANTES, ADULTAS
MAYORES, CON DISCAPACIDAD Y CON
ENFERMEDAD TERMINAL O GRAVE
La congresista de la república
Janet Milagros Rivas Chacara,
integrante del
Grupo Parlamentario Perú Libre, en uso de sus facultades de iniciativa
legislativa previsto en el articulo 107° de La Constitución Política del Perú,
presenta a consideración del Congreso de la República el siguiente proyecto
de Ley.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL PARA OTORGAR
PREFERENTE ATENCIÓN EN PROCESOS JUDICIALES A LAS PERSONAS
GESTANTES, ADULTAS MAYORES, CON DISCAPACIDAD Y CON
ENFERMEDAD TERMINAL O GRAVE
ARTÍCULO 1.- OBJETO DE LA LEY
La presente Ley tiene por finalidad modificar el Código Procesal Civil, para
otorgar preferente atención en los procesos judiciales, a las personas
gestantes, adultas mayores, con discapacidad y con enfermedad terminal o
grave, por su condición de alta vulnerabilidad.
ARTÍCULO 2.- ADICIÓN DEL ARTÍCULO 159-A AL CÓDIGO PROCESAL
Adicionase el artículo 159-A al Código Procesal Civil, en los siguientes
términos:
"Preferencia de atención
ARTÍCULO 159-A.- Si el demandante es una persona adulta
mayor, con discapacidad, gestante
o
con enfermedad terminal o
grave, tiene preferencia en el diligenciamiento de los procesos
judiciales desde su inicio hasta su finalización, bajo
responsabilidad del juez y del auxiliar jurisdiccional, según
corresponda.
Los
beneficiados con esta Ley, acreditan su condición de
vulnerabilidad:
www.congreso.gob.pe
Jirón
Junín N? 330
-
Oficina 205, Lima-Perú
jrivasch@corlgreso.gQj
Despacho Congresal: 311-7328
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