Proyecto de Ley Nº 01745/2021-CR, Ley que promueve la creación de centros de investigación e innovación, en terrenos declarados no aptos para la agricultura de los proyectos especiales hidroenergeticos y de irrigación del país ejecutados con fondos del tesoro público y/o cooperación internacional

Número de Iniciativa01745/2021-CR
Fecha de registro18 Abril 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaCamones Soriano, Lady Mercedes,Salhuana Cavides, Eduardo,Julón Irigoín, Elva Edhit,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Soto Reyes, Alejandro,García Correa, Idelso Manuel,Acuña Peralta, María Grimaneza,Trigozo Reátegui, Cheryl
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de ley
N0J..±L5/.2
02 1
-
R
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-.
-
CONGRESO
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para Mujeres y Hombres"
"
RA
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
PROYECTO DE LEY QUE PROMUEVE LA CREACIÓN
DE CENTROS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN, EN
TERRENOS DECLARADOS NO APTOS PARA LA
AGRICULTURA DE LOS PROYECTOS ESPECIALES
18
f''
HIDROENERGETICOS Y DE IRRIGACIÓN DEL PAÍS
EJECUTADOS CON FONDOS DEL TESORO PÚBLICO
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Y/O COOPERACION INTERNACIONAL
PROYECTO DE LEY
La Congresista de la República que suscribe,
LADY MERCEDES CAMONES
SORIANO, integrante del del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso,
ejerciendo su derecho a iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107 de la
Constitución Política del Perú y los artículos 22, literal c)
y
Congreso de la República, presenta la siguiente ¡niciativa legislativa:
FÓRMULA LEGAL
PROYECTO DE LEY QUE PROMUEVE LA CREACIÓN DE CENTROS DE
INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN, EN TERRENOS DECLARADOS NO
APTOS PARA LA AGRICULTURA DE LOS PROYECTOS ESPECIALES
HIDROENERGETICOS Y DE IRRIGACIÓN DEL PAÍS EJECUTADOS CON
FONDOS DEL TESORO PÚBLICO Y/O COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Artículo 1. Objeto de la ley.
La presente ley tiene como objeto promover la inversión en la creación de centros
de investigación e innovación en terrenos declarados no aptos para la agricultura
de los proyectos especiales hidroenergéticos y de irrigación del país ejecutados
con fondos del tesoro público y/o cooperación internacional (Adjudicante).
Artículo 2. Iniciativa de tangibilidad.
La tangibilidad de los terrenos para uso de proyectos de investigación e
innovación, se dará solo en aquellos terrenos declarados no aptos para la
agricultura por el Adjudicante.
Artículo 3. De la adjudicación.
El Adjudicante, está facultado de transferir y adjudicar los terrenos a los entes
públicos proponentes para la creación de centros de investigación e innovación.

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