Proyecto de Ley Nº 01663/2021-CR, Ley que modifica los artículos 224° ,225°, 233°, 238° y 239° de la ley n° 26859, ley orgánica de elecciones, para que los peruanos residentes en el extranjero usen el voto postal anticipado

Número de Iniciativa01663/2021-CR
Fecha de registro07 Abril 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaZeballos Aponte, Jorge Arturo,Montoya Manrique, Jorge Carlos,Muñante Barrios, Alejandro,Cueto Aservi, José Ernesto,Herrera Medina, Noelia Rossvith,Jáuregui Martínez de Aguayo, María de los Milagros Jackeline,Ciccia Vásquez, Miguel Ángel
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto de Ley N°
mu
c
('ONGIU so
R[PLlhLlC\
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
CONGRESO DE LA REPÚRLICA
r
RE CJ B 1 0 0
LEY QUE MODIFICA LOS
ARTíCULOS 224
0
, 225
0
, 233
0
, 238
0
Y 239
0
DE LA LEY N° 26859, LEY
PARA QUE LOS PERUANOS
RESIDENTES
EN
EL
EXTRANJERO USEN EL VOTO
POSTAL ANTICIPADO
Los congresistas que suscriben, miembros del Grupo Parlamentario Renovación
Popular, a iniciativa del Congresista, JORGE ARTURO ZEBALLOS APONTE,
ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° de la
Constitución Política del Perú, y conforme lo establecen los artículos 22, 67°, 74°, 75° y
76
0
de¡ Reglamento del Congreso de la República, proponen el siguiente Proyecto de
Ley:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 224°, 225°, 233
0
, 238
0
Y 239
0
DE LA LEY N° 26859, LEY ORGANICA DE ELECCIONES,
PARA QUE LOS PERUANOS RESIDENTES
EN EL EXTRANJERO USEN EL
VOTO POSTAL ANTICIPADO
Artículo único.
-
Modificación de los artículos 224
0
, 225°, 233
0
, 238°
y
239° de la
Modifícanse los artículos 224
0
, 225°, 233°, 238°
y
239° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica
de Elecciones, en los siguientes términos:
"Artículo 224.- Los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero tienen
derecho a voto en la elección del Presidente y Vicepresidente de la República,
Congresistas de la República, miembros del Parlamento Andino, Referéndum
y otros procesos de consulta popular de carácter nacional.
Los ciudadanos para hacer uso del derecho de voto en el extranjero deben
registrar su domicilio en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
para dejar constancia de su residencia en el extranjero.
Artículo 225
1
.- El voto de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero se
emite en la misma fecha señalada para las elecciones en el territorio de la
República.
Excepcionalmente, pueden hacer uso del voto postal anticipado.
,
CONG RES()
'Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
a
REPUñLICA
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
Artículo 233.- En los países donde exista más de una mesa de sufragio, el
sorteo de los miembros de mesa se realiza en la Oficina Nacional de Procesos
Electorales, entre los electores con mayor grado de instrucción que contenga
la lista correspondiente a la mesa.
Si los miembros de mesa no son contactados por la oficina consular o han
presentado excusa o justificación al cargo, el funcionario consular puede
completar los miembros de una mesa con los electores peruanos voluntarios
debidamente capacitados.
Artículo 238.- Junto con las listas de electores y de¡ personal de las Mesas, la
Oficina Nacional de Procesos Electorales remite los formularios para los actos de
la instalación de la Mesa, de¡ Sufragio y de¡ Escrutinio, las cédulas de votación, los
carteles con las listas de candidatos inscritos y los demás materiales electorales y,
en general, todos los documentos, elementos y útiles no susceptibles de adquirirse
en el extranjero.
Para el ejercicio de¡ voto postal anticipado, el envío de los materiales
electorales es realizado con la debida antelación y no está sujeto al plazo de
treinta (30) días calendario, previsto en el artículo 179 de la Ley Orgánica de
Artículo 239.- Duración de la votación
Todos los actos referentes a la instalación de la Mesa, votación y escrutinio se
realizan el mismo día. Debe instalarse la Mesa antes de las ocho (08:00) de la
mañana y efectuarse la votación hasta las dieciséis (16:00) horas.
Los electores residentes en el extranjero ejercen su derecho a voto mediante
el voto postal anticipado, que consiste en la emisión de¡ voto por el ciudadano
en una cédula que previamente solicita y, luego de ejercer su derecho
devuelve, por la vía postal o de correos, al Consulado en que se encuentra
inscrito, dentro de los términos establecidos en el Reglamento
correspondiente.
El voto postal sólo es aplicable en Elecciones Generales y Referéndum.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en coordinación con los
órganos de¡ sistema electoral y el Ministerio de Relaciones Exteriores
implementa en las Elecciones Generales de 2026, mediante un programa
piloto, el voto postal anticipado, para los peruanos residentes en el exterior.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Artículo único.
-
Autorización
Autorizase a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), previa coordinación
con los órganos electorales y el Ministerio de Relaciones Exteriores establecer el
procedimiento de¡ voto postal anticipado, dentro de¡ marco de la presente Ley.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR