Proyecto de Ley Nº 01569/2021-CR, Ley de lineamientos para la gestión de tutoria, orientación educativa y prevención de riesgo en el marco de la diversidad

Número de Iniciativa01569/2021-CR
Fecha de registro31 Marzo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaSalhuana Cavides, Eduardo,Julón Irigoín, Elva Edhit,Soto Reyes, Alejandro,Picón Quedo, Luis Raúl,Chiabra León, Roberto Enrique,Acuña Peralta, María Grimaneza,Díaz Monago, Freddy Roland
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de Ley
-
C.
t
CONGRESO
REPÚUCA
"Deceno de la Igua
l
dad de Oportunidades para mujeres y
hombres" Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
CONGRESO DE LA REPUBUC.
Area
T":e yD
i:c' :e Dr'.
31
MAR, 20
1
2
RECIBIDO
í
LEY
DE
LINEAMIENTOS
PARA
LA
GESTIÓN DE
TUTORÍA,
ORIENTACIÓN
EDUCATIVA Y
PREVENCIÓN
DE RIESGO EN
EL MARCO DE
LA
DIVERSIDAD"
EL congresista que suscribe,
Eduardo Salhuana Cavides
integrante del Grupo
parlamentario
Alianza Para el Progreso,
en uso de sus facultades de
iniciativa legislativa previsto por el artículo 107° de la Constitución Política
del Perú y según lo estipulado en los artículos 75
0
y
76
0
del Reglamento del
Congreso de la República, presenta a consideración del Congreso de la
República el siguiente proyecto de Ley:
El Congreso de la República; Ha dado la siguiente ley:
LEY DE LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE TUTORIA,
ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PREVENCIÓN DE RIESGO EN EL
MARCO DE LA DIVERSIDAD
Artículo 1
0
.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto promover y fortalecer el desarrollo integral
y el bienestar de los estudiantes a través del acompañamiento socio-afectivo
y cognitivo, garantizando su salud holística, en un contexto de atención a la
diversidad, priorizando la prevención de riesgos, donde es fundamental que
la Tutoría y Orientación Educativa en la convivencia escolar, sea un proceso
de acompañamiento en las aulas y en cada subsistema del sistema
educativo.
Artículo 2
0
.- Finalidad
La presente ley tiene por finalidad fortalecer el campo del desarrollo de la
calidad educativa en el marco de la formación integral del estudiante, así
mismo
establecer las directrices de orientación para la gestión de la Tutoría
y Orientación Educativa y prevención de riesgos de niñas, niños y
adolescentes.
i5
CNESO
RFPÚ8UCA
Decenio de a ígualaa Jo Opo
rt
unidades para mujeres y
del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Artículo 3°.- Alcances:
3.1
Ministerio de Educación.
3.2
Gobiernos Regionales, a través de la: Dirección Regional de Educación de Lima
Metropolitana, Dirección Regional de Educación de Lima
-
Provincias, Dirección Regional
de Educación del Callao, Dirección Regional de Educación de Tacna, Dirección Regional
de Educación de Moquegua, Dirección Regional de Educación de Ica, Dirección Regional
de Educación de Puno, Dirección Regional de Educación de Huánuco, Dirección Regional
de Educación de Cusco, Dirección Regional de Educación de Ayacucho, Dirección
Regional de Educación de Junin, Dirección Regional de Educación de Pasco, Dirección
Regional de Educación de San Martín, Dirección Regional de Educación de Cajamarca,
Dirección Regional de Educación de Huancavelica, Dirección Regional de Educación de
Ancash, Dirección Regional de Educación de La Libertad, Dirección Regional de
Educación de Lambayeque, Dirección Regional de Educación de Madre de Dios, Dirección
Regional de Educación de Amazonas, Dirección Regional de Educación de Ucayali,
Dirección Regional de Educación de Piura, Dirección Regional de Educación de Arequipa,
Dirección regional de Educación de Apurímac, Dirección Regional de Educación de Loreto,
Dirección Regional de Educación de Tumbes, o las que hagan sus veces.
3.3
Unidades de Gestión Educativa local (UGEL) a nivel nacional.
3.4
Instituciones Educativas de la educación básica a nivel nacional.
Articulo 4
1
.- De la estructura de la Tutoría Orientación Educativa y la DITOECE:
4.1
La Tutoría y Orientación Educativa está estructurado en la gestión de la tutoría,
orientación educativa y la gestión de la convivencia escolar.
4.2
En el Ministerio de educación, la Dirección Nacional de Tutoría,
Orientación Educativa y Convivencia escolar (DITOECE), cuenta con
dos sub direcciones nacionales:
Sub Dirección Nacional de Tutoría Orientación Educativa
y prevención de riesgo.
Sub Dirección Nacional para la Convivencia y Disciplina
Escolar.
4.3 La Sub dirección nacional de tutoría orientación educativa y prevención de riesgo, será
la encargada de implementar, cumplir y hacer cumplir la presente Ley "Lineamientos de la
Gestión de la Tutoría y Orientación Educativa y Prevención de Riesgo en el Marco de la
Diversidad"; así como el de garantizar la designación de Especialistas Promotores de
Tutoría y Orientación Educativa en todas las Instituciones Educativas de la Educación
Básica Regular en los turnos de mañana y tarde y en Básica Alternativa, en el Nocturno,
antes del inicio del año escolar de cada año, cuyo régimen laboral estarán inmersos a la
Ley 29944, Ley de reforma Magisterial y su modificatoria contemplada en la segunda
disposición complementarias transitorias de la presente Ley, o en su defecto cualquier otra
ley que derogue o reemplace a la Ley 29944.

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