Proyecto de Ley Nº 01520/2021-CR, Ley que promueve la protección del embarazo, de la madre gestante, del niño por nacer y de su entorno familiar

Número de Iniciativa01520/2021-CR
Fecha de registro24 Marzo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaBarbarán Reyes, Rosangella Andrea,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Morante Figari, Jorge Alberto,Guerra García Campos, Hernando,López Morales, Jeny Luz,Lizarzaburu Lizarzaburu, Juan Carlos Martin,Olivos Martínez, Vivian,Cueto Aservi, José Ernesto,Zeta Chunga, Cruz Maria,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina
EstatusEN RECONSIDERACIÓN
ProponenteCongreso
Proyecto
de
Ley
021
CONGRESO
RE PUBLI CA
Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Proyecto de Ley N° .........................
CONGRESO DE LA REPUBLICA
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MA. 2022
RE C 1BI DO
PROYECTO DE LEY QUE PROMUEVE LA
PROTECCIÓN DEL EMBARAZO, DE LA
MADRE GESTANTE, DEL NIÑO POR NACER
Y DE SU ENTORNO FAMILIAR
La Congresista de la República que suscribe,
Rosangella Andrea Barbarán Reyes,
integrante del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, en el ejercicio del derecho de
iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107
0
de la Constitución Política del Perú
y conforme lo establecen los artículos 74
0
y
75
0
del Reglamento del Congreso, presenta
el siguiente:
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PROMUEVE LA PROTECCIÓN DEL EMBARAZO, DE LA MADRE
GESTANTE, DEL NIÑO POR NACER Y DE SU ENTORNO FAMILIAR
Artículo
1.-
Objeto de la ley.
La presente Ley tiene por objeto promover la protección del embarazo de la madre
gestante, del niño por nacer y de su entorno familiar, como condición fundamental
para garantizar el derecho a la vida y el bienestar de la persona humana.
Artículo 2.- De la protección de la gestación de la madre y del niño por nacer.
Establézcase que la protección del embarazo, durante la gestación de la madre del niño
por nacer, antes, durante y después del parto, es un derecho fundamental que el Estado
y la sociedad tienen el deber de proteger y salvaguardar.
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CONGRESO
REPÚBLICA
"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Artículo
32
De¡ reconocimiento y protección del entorno familiar
El entorno familiar constituye elemento fundamental en el proceso de gestación,
contribuyendo a un nacimiento saludable, por tanto, es objeto de reconocimiento y
protección.
El Estado promoverá la integración familiar y el compromiso de sus integrantes en la
protección de la madre gestante y del niño por nacer.
Artículo 4.- De la garantización de la salud y bienestar de la madre gestante.
La madre gestante tiene derecho a que se garantice su salud y bienestar, en todas las
etapas del embarazo, a través de todos los medios y mecanismos de los que disponga
el Estado para su salvaguarda.
Artículo
52•
De¡ derecho del Niño a nacer en un entorno sano, digno y seguro.
Todo niño tiene derecho a nacer y que ello ocurra en un entorno sano, digno y seguro,
así como que se le reconozcan todos los derechos inherentes a su condición para
garantizar su bienestar.
Artículo 6.- De la responsabilidad de las entidades públicas.
Los derechos enunciados en la presente Ley son considerados en la generación de
normas complementarias, políticas, planes, programas y proyectos para su realización,
siendo deber y responsabilidad de las entidades públicas su formulación, ejecución,
supervisión y cumplimiento.
Finisdo digttsimente por:
BARBARAN REYES Rosangella
Pedrea FP4J 20161740126
soft
kkitivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 22/032022 I7:55:04-0500
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CONGRESO
REPÚBLICA
Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
Año de¡ Fortalecimiento de la Soberania Nacional'
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.
FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA
De la vida, la concepción y el derecho a su reconocimiento.
La vida es la razón de ser de la existencia, es el epicentro donde todo
principia para desarrollarse y ser. Siendo aparentemente redundantes, el ser
humano expresa su existencia a través de la vida, es gracias a ella que el
individuo, en varias etapas, desarrolla las características únicas de su
personalidad y las expresa de manera autónoma e irrepetible para
conjugarlas con el colectivo, es por ello que esta adquiere preminencia
básica y holística, siendo objeto de protección fundamental.
El Derecho a la vida, como derecho natural, es en consecuencia el punto de
apoyo desde donde el propio Derecho encuentra su razón de ser, ya que tal
como lo señala Bernales Ballesteros: "El derecho a la vida es el centro de
todos los valores y el supuesto básico de la existencia de un orden mínimo
en la sociedad"
1
.
Esta situación demanda por tanto una protección activa de a lo largo de todas
las formas de¡ desarrollo de la persona, por ello Bernales Ballesteros expone
que: "el pleno respeto de¡ derecho a la vida implica la prohibición a cualquier
agente, funcionario o autoridad estatal, o particular que actúe bajo las
órdenes o con la aquiescencia directa, indirecta o circunstancial de los
agentes o autoridades de¡ Estado, de atentar contra ella, por cualquier medio
y en cualquier circunstancia
Es por ello que Chanamé al respecto indica: "El derecho a la vida es el
derecho más importante y el que abarca todo el resto de derechos ya que
sin vida no podría haber derecho a la libertad, a la igualdad, etc. El derecho
a la vida implica no solo el derecho a nacer, a salir de¡ vientre de la madre,
Enrique Bernales Ballesteros. "La Constitución de 1993", Análisis Comparado. Editora RAO, Lima, 1999, p. 108.
2
Ibid, p. 109.
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