Proyecto de Ley Nº 01492/2021-CR, Ley que modifica la ley 28804, ley que regula la declaratoria de emergencia ambiental

Número de Iniciativa01492/2021-CR
Fecha de registro17 Marzo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaDíaz Monago, Freddy Roland,Chiabra León, Roberto Enrique,Soto Reyes, Alejandro,Julón Irigoín, Elva Edhit,Trigozo Reátegui, Cheryl,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Salhuana Cavides, Eduardo
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto de Ley
No
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CONGRESO
REPÚBLICA
LQESO DE LA REPUBLICA
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"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 28804, LEY
QUE REGULA LA DECLARATORIA DE
EMERGENCIA AMBIENTAL.
El Congresista de la República quien suscribe,
FREDDY RONALD DÍAZ
MONAGO, integrante del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, en
ejercicio de su derecho de iniciativa legislativa que le confiere el Art. 107° de la
Constitución Política del Perú y los artículos números 74°
y
75° del Reglamento
del Congreso de la República, propone el siguiente Proyecto de Ley:
LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 28804, LEY QUE REGULA LA
DECLARATORIA DE EMERGENCIA AMBIENTAL.
FORMULA LEGAL:
Artículo 1
0
. Objeto de la Ley Modificatoria:
Ley que modifica la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de
Emergencia Ambiental, con el objeto de favorecer el pleno cumplimiento de
las acciones de la emergencia ambiental y garantizar la sostenibilidad de los
hechos de atención de la salud y remediación del ambiente.
Modificación del literal d) del artículo 4, incorporación del numeral 5.4 en
el artículo 5, e incorporación de los numerales
8.1.,
8.2
y
8.3., en el
artículo 8; de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de
Emergencia Ambiental.
Se modifica el literal d) del artículo 4, se incorpora el numeral 5.4 del artículo
5, así mismo se incorporan los numerales 8.1., 8.2.
y
8.3. del artículo 8; de la
Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, en
los siguientes términos:
"Artículo
4.- DE LOS RESPONSABLES Y LAS FUNCIONES
Los Gobiernos Regionales, en coordinaciones con el Consejo Nacional de
Ambiente- CONAM, a través de las Comisiones Ambientales Regionales-
1

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