Proyecto de Ley Nº 01483/2021-CR, Ley que incorpora la entrega económica priorizada por zona del valle de los ríos apurimac, ene y mantaro - vraem al decreto legislativo 1153 y establece otras disposiciones

Número de Iniciativa01483/2021-CR
Fecha de registro16 Marzo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaFlores Ramírez, Alex Randu,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Taipe Coronado, María Elizabeth,Cerrón Rojas, Waldemar José,Tello Montes, Nivardo Edgar,Bermejo Rojas, Guillermo,Varas Meléndez, Elías Marcial,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Robles Araujo, Silvana Emperatriz,Bellido Ugarte, Guido
ProponenteCongreso
EstatusDictamen
Proyecto de Ley
N0..JrL3/2
2!
C?
CONGTÇ()
RFpÚt ICA
..-.
.___
'Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional'
CONGRESO DE LA REPUBL
PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA LA
ENTREGA ECONÓMICA PRIORIZADA POR
16
PiÁR 2022
ZONA DEL VALLE DE LOS RÍOS APURIMAC,
ENE Y MANTARO
*
VRAEM AL DECRETO
1 Dc
LEGISLATIVO N° 1153 Y ESTABLECE OTRAS
DISPOSICIONES,
El
Congresista de la República Alex Randu Flores Ramírez, que suscribe como integrante del
Grupo Parlamentario Perú Libre, ejerciendo el derecho que le confiere el artículo
1070
de la
Constitución Política del Perú y los artículos 22
0
, literal c), 75
0
y 760 del Reglamento del Congreso
de la República, propone el siguiente Proyecto de Ley:
PROYECTO DE LEY QUE INCORPORA LA ENTREGA ECONÓMICA PRIORIZADA POR
ZONA DEL VALLE DE LOS RÍOS APURIMAC, ENE Y MANTARO
-
VRAEM AL DECRETO
LEGISLATIVO N° 1153 Y ESTABLECE OTRAS DISPOSICIONES,
Artículo
1
0
.
Incorporación del literal f) al numeral 8.3 del articulo 8 del Decreto Legislativo
Incorporase el literal f) al numeral 8.3 del articulo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, que regula la
política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del
Estado, con el siguiente texto:
"Artículo 8
0
.- Estructura de la Compensación Económica del Personal de Salud
La compensación económica que se otorga al personal de la salud es anual y está
compuesta de la valorización que solo comprende:
8.3
Priorizada
Se asigna al puesto, de acuerdo a situaciones excepcionales y particulares
relacionadas con el desempeño en el puesto por periodos mayores a un (1)
mes. Esta modalidad de compensación se restringirá al tiempo que
permanezcan las condiciones de su asignación. Son consideradas dentro de
esta modalidad los puestos en:
f)
Zona
del Valle de los Ríos Apurimac, Ene y
Mantaro- VRAEM
Es la entrega económica que se asigna al puesto ubicado en los
establecimientos de salud donde se realizan prestaciones de servicios de
salud individual, en los distritos que forman parte del ámbito de intervención
directa o de influencia del Valle de los Ríos Apurimac, Ene y Mantaro
(VRAEM), mientras esté vigente la normativídad que declara de priondad
nacional el desarrollo económico social y la pacificación de esta zona.
La valorización priorizada por Zona de Emergencia y por Zona del Valle de
los Ríos Apurimac, Ene y Mantaro
-
VRAEM son excluyentes entre si,"
Artículo 2
0
.- Determinación del
perfil
y monto para la entrega económica por Zona del Valle
de los Ríos Apurimac, Ene
y
Mantaro
-
VRAEM.
El perfil y monto de la entrega económica a que se refiere el articulo 1 de
la
presente Ley, se
aprueba
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y
Finanzas
y el
casona Hospicio Ruiz Davila Jr Ancash N° 569. Oficina 251, Lima
Tel (01)31 1-7777 Anexo 7410
Escaneado con camscanner
Jt)4
il
ícPvtj
CONGRts(
REI'L8tjCA
Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional"
Ministro de Salud, a propuesta de éste último, conforme lo establecido en el numeral 9.4 del
Artículo
3.-
Financiamiento
Lo establecido en la presente Ley, se financia con cargo al presupuesto institucional de los
gobiernos regionales que forman parte de los ámbitos de intervención directa o de influencia del
VRAEM, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Autoricese a los pliegos de los Gobiernos Regionales ubicados en el Valle de los Ríos Apurimac,
Ene y Mantaro
-
VRAEM, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional
programático entre las Unidades Ejecutoras de su respectiva jurisdicción a fin de habilitar con
recursos necesarios para la entrega económica priorizada por Zona del Valle de los Ríos
Apurírnac, Ene y Mantaro
-
Artículo 4.. Registro en el Aplicativo Informático
La entrega económica establecida en el articulo 1 de la presente Ley, debe estar registrado en el
Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos
Humanos de¡ Sector Público
-
Aplicativo Informático
"
, a cargo de la Dirección General de Gestión
de Recursos Públicos de] Ministerio de Economia y Finanzas.
Artículo 5.- Vigencia
La presente Ley entra en
vigencia a
partir
de¡ día siguiente
de su promulgación.
Lima, 14 de marzo de 2022
LORES RAREZ
irdslsta de la RepbUca
I
b 11
~
j
k
", i~IQ
5
IM
~~,
1
V
casona ospicio
Ruiz Davila Jr Ancash N° 569, Oficina 251, Lima
Tel (01) 311.7777 Anexo 7410
Escaneado con CamScanner

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR