Proyecto de Ley Nº 01424/2021-CR, Ley que modifica el inciso 1 del artículo 139 de la constitución política del perú
Número de Iniciativa | 01424/2021-CR |
Fecha de registro | 07 Marzo 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2021 |
Autor de la iniciativa | Ugarte Mamani, Jhakeline Katy,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Flores Ramírez, Alex Randu |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proyecto de Ley
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Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
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.
CON U RE SO
"Año de¡ fortalecimiento de la Soberania Nacional'
REPÚBLICA
Los congresistas de la República, integrantes de¡ grupo parlamentario Perú Libre, a
iniciativa de la congresista
JHAKELINE KATY UGARTE MAMANI,
ejerciendo el derecho
de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107
0
de la Constitución Política de¡
Perú y de conformidad con lo establecido en los artículos 22-C; 67°, 75°
y
76° de¡
Reglamento de¡ Congreso de la República, presentan el siguiente:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL INCISO 1 DEL ARTÍCULO 139 DE LA
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto modificar el inciso 1 el artículo 139 de la Constitución
Política de¡ Perú, para reconocer función jurisdiccional, a las autoridades de las
Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, de
acuerdo a lo señalado en el artículo 149 de la Constitución.
Artículo 2. Modificación del inciso 1 deI artículo 139 de la Constitución
Política de¡ Perú
Modifíquese el inciso
1
de¡ artículo 139° de la Constitución Política de! Perú, el que queda
redactado en los siguientes términos:
"Artículo 139.
Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
1. La unidad y exclusividad de la función jurisdiccional.
No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con
excepción de la militar, la arbitral
y
la de
las autoridades de las
Comunidades Campesinas y Nativas, estas últimas de acuerdo a lo
señalado en el artículo 149 de la Constitución."
1
www.congreso.gob.pe
Central Telefónica: 311-7777
J KUM/refm
Firmado digitalmerrte por:
QUITO SAMIENTO Bernardo
Jaime FAU 25161745126
soft
Killo
tivo: Soy
el atrtor del
documento
Fecha: 04O3/2022 115:57:22-5500
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