Proyecto de Ley Nº 01416/2021-CR, Ley que declara de urgencia la creación y equipamiento de la unidad especializada en pacientes quemados del hospital nacional arzobispo loayza

Número de Iniciativa01416/2021-CR
Fecha de registro04 Marzo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaBustamante Donayre, Carlos Ernesto,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio,Alegría García, Arturo,Revilla Villanueva, César Manuel,Lizarzaburu Lizarzaburu, Juan Carlos Martin,Cordero Jon Tay, Luis Gustavo,Morante Figari, Jorge Alberto,Ventura Ángel, Héctor José,Obando Morgan, Auristela Ana,Cordero Jon Tay, María Del Pilar,Huamán Coronado, Raúl
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de Ley
N
0
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2/&/2
02/
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CRÚ
CONGRESO
REPÚBLICA
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
rlfllpO
Proyecto de ley N°. .......... ..........
Proyecto de Ley que declara de urgencia la
creación y equipamiento de la Unidad
Especializada en Pacientes Quemados del
Hospital Nacional Arzobispo Loayza
El grupo parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista de la República
que suscribe, CARLOS ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE, en ejercicio del
derecho de iniciativa legislativa que le confiere los artículos 102
0
, inciso 1)
y
107°
de la Constitución Política del Perú, y; de conformidad a los artículos 2°
y
76°
numeral 2) del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente
proyecto de ley:
LEY QUE DECLARA DE URGENCIA LA CREACIÓN Y EQUIPAMIENTO
DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN PACIENTES QUEMADOS DEL
HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene como objeto declarar de interés nacional y necesidad pública
el fortalecimiento del ejercicio del derecho a la salud de toda persona víctima de
quemaduras, a través de la creación y equipamiento de la Unidad Especializada en
Pacientes Quemados del Hospital Nacional Arzobispo Loayza.
Artículo 2. Principios básicos que rigen la presente ley
Universalidad:
La atención de la salud en situación de emergencia es un
derecho fundamental que debe ser garantizado a toda persona dentro del
territorio nacional sin discriminación alguna y en todas las etapas de la vida.
Equidad:
El principio de equidad para el logro de la universalidad de la atención
de la salud en situación de emergencia, evita la distinción por falta de recursos
económicos para el pago de los servicios. El Estado asume el rol principal en
defensa de la integridad de la salud física y mental de la persona en situación
de emergencia.
Integralidad:
La persona tiene derecho a recibir todas las prestaciones de
salud necesarias para revertir la situación de emergencia que ha puesto en
riesgo su vida, o integridad física y/o mental.
Artículo 3. Se reformula el área de quemados críticos del Hospital Nacional
Arzobispo Loayza
La reformulación del área de quemados críticos del Hospital Nacional Arzobispo
Loayza implica la creación de la Unidad Especializada en Pacientes Quemados, la
ampliación y el mejoramiento de las unidades productoras de servicios con
www.congreso.goh.pe
ebustamantecongreso.gob.pe
Edificio Luis Alberto Sánchez Jr. Huallaga 358 Of. 142 Lima-Perú
Central Teléfonica3ll 7777 anexo 7298

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