PROYECTO DE LEY Nº01292/2021-CR, LEY DEL TELETRABAJO
Número de Iniciativa | 01292/2021-CR |
Fecha de registro | 11 Febrero 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2021 |
Estatus | Publicado en el Diario Oficial El Peruano |
Autor de la iniciativa | Cruz Mamani, Flavio,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Montalvo Cubas, Segundo Toribio,Marticorena Mendoza, Jorge Alfonso,Varas Meléndez, Elías Marcial,Taipe Coronado, María Elizabeth,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Cerrón Rojas, Waldemar José |
royecto de Ley
CONGRESO
REPUBLJCA
L
F
cB
L
D
P
'Decenio de Jo
Jguaidod de
Oportunidades
para rnujeres/
'Año de! Forto!ecimienfo de a Soberanía
PROYECTO LEY DE TELETRABAJO
El Congresista de la Republica
FLAVIO CRUZ MAMANI,
integrante de¡ Grupo
Parlamentario
PERÚ LIBRE,
ejerciendo el derecho a iniciativa legislativa que les
confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y en concordancia
con los artículos 22° inciso c), 67
0
, 75
0
y
76
0
de¡ Reglamento de¡ Congreso de la
República, presenta el siguiente proyecto de ley.
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la Republica
Ha dado la siguiente Ley
LEY DEL TELETRABAJO
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto regular el teletrabajo como una modalidad
laboral en el sector público y privado mediadas por el uso de las Tecnologías de
Información y Comunicación (TlCs).
Artículo 2. Definición de teletrabajo
Para los efectos de la presente Ley, se define los siguientes conceptos:
1 Teletrabajo:
Es una modalidad de prestación de servicios
caracterizada por la utilización de la tecnología y por el desempeño de¡
teletrabajador sin la presencia física en la entidad con el cual cuenta
un contrato laboral.
2. Teletrabajo
Hibrido:
Con contrato laboral que alternan sus labores
entre la entidad y un lugar fuera de ella usando la tecnología para dar
cumplimiento a sus servicios.
Artículo 3. Ámbito de aplicación de la presente Ley
La presente Ley se aplica para los trabajadores de las entidades públicas o
privadas indistintamente del régimen laboral en la que se encuentren.
Artículo 4. Igualdad de Trato
El teletrabajador tiene los mismos derechos y obligaciones establecidos en los
contratos escritos de los trabajadores que se encuentran físicamente en la
1
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba